05 ene. 2026

Función Pública investigará a Oviedo Matto por nepotismo

La Secretaría de la Función Pública iniciará una investigación al senador oviedista Jorge Oviedo Matto por supuesta violación a la ley antinepotismo. El legislador tendría a familiares y allegados cumpliendo labores en la Cámara de Senadores.

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El ministro de la Función Pública, Humberto Peralta. | Foto: Archivo ÚH.

El ministro de la Función Pública, Humberto Peralta, mencionó que se abrirá una investigación al parlamentario para conocer los casos de contrataciones a parientes en la Cámara de Senadores y otros entes del Estado.

Recordó que desde el año 2014 está vigente la ley que prohíbe el nepotismo en la función pública. La normativa establece que los trabajadores deben actualizar su declaración jurada e incluir si es que tienen parientes hasta el 4º grado de consanguineidad o 2º grado de afinidad.

Sobre el caso específico del senador Jorge Oviedo Matto, quien confirmó tener allegados en la institución legislativa por pedidos de otros colegas suyos, Peralta mencionó que incluso podría tratarse de tráfico de influencia.

También aclaró que la única figura posible para un cargo de confianza es el de secretario privado. “Vamos a cruzar la información al respecto y de acuerdo a ello vamos a actuar”, expresó Peralta a la emisora 780 AM.

DEFENSA. El parlamentario admitió que tres parientes suyos fueron nombrados en la Cámara Alta durante el periodo en el que él ejercía la presidencia de dicha repartición estatal (2011-2013).

Se trata de su cuñada, Liliana Stella Torales Belotto, nombrada en el 2011 como jefa de Gabinete; su sobrina, Aramí Brugada, nombrada en el 2012, y Víctor Manuel Oviedo, primo, en el 2011.

El oviedista aseguró que con ello no violaba la Ley 5295/14 que castiga el nepotismo, porque ocurrió antes de su entrada en vigencia, y aseguró que hasta la promulgación de la mencionada normativa no se penaba el nepotismo.

Cuando se le señaló que ya en el 2005 había una ley contra el nepotismo, dijo que “no hablaba de este tema”, y ante la insistencia de que sí penaba el nepotismo, desafió diciendo: “Mostrame qué dice el texto y yo te voy a pedir disculpas; no existe ese tema de que no se le puede contratar”, insistió.

La ley que prohíbe el nepotismo Nº 2777 del año 2005 señala expresamente que “los presidentes de las cámaras de Senadores y Diputados no podrán nombrar en cargos públicos de designación directa, no electiva, a parientes comprendidos dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, salvo que tales nombramientos se efectúen en el marco de un concurso público de oposición”.

Esa ley fue modificada y ampliada el 24 de octubre de 2012 con la Ley 4737/12. La prohibición se mantuvo y solo se amplió la lista de funcionarios de alto rango que no podían realizar nombramiento de sus parientes en forma directa.

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