EFE.
En marzo pasado un juzgado de Madrid prohibió circular de forma cautelar ese autobús después de una polémica que se prolongó varios días y de que la fiscalía planteara la posibilidad de que el mensaje pudiera ser constitutivo de un delito de odio y generar “un sentimiento de inseguridad o temor entre las personas por razón de su identidad u orientación sexual”.
Contra esa decisión recurrió HazteOir y, en un auto hecho público hoy, la Audiencia Provincial entiende que no puede considerarse un “atentado a la juventud y la infancia que una asociación legalmente constituida pueda dirigirse a los padres -en general- y a quienes la Constitución garantiza el derecho a formar a sus hijos ‘de acuerdo con sus propias convicciones’”.
“Admitir la persecución de ideas que molestan a algunos o bastantes no es democrático y supone apoyar una visión sesgada del poder político como instrumento para imponer una filosofía que tiende a sustituir la antigua teocracia por una nueva ideocracia”, añade el auto.
La Audiencia Provincial da la razón a la asociación y subraya que los mensajes de su autobús, “por desagradables y agresivos que puedan considerarse, son dudosamente delictivos”.
Las ideas como tales “no deben ser perseguidas penalmente, en especial cuando no se focalizan específicamente sobre ningún grupo determinado”, apunta el auto judicial.