11 sept 2026

Un juez rechaza ejecutar deuda y favorece al senador Erico Galeano

El juez en lo Civil de J. Augusto Saldívar admitió la defensa del legislador cartista. Así, rechazó la ejecución hipotecaria solicitada por la Cooperativa Capiatá, por un monto de G. 7.859.617.417.

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A su favor. Un juez civil admitió la defensa de Erico Galeano en contra de una ejecución hipotecaria en una demanda civil.

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El senador colorado Erico Galeano logró el rechazo de una ejecución hipotecaria por la suma de G. 7.859.617.417 que fue planteada en su contra en el fuero civil, sobre los inmuebles donde se encuentra el Club Deportivo Capiatá.

El juez en lo Civil del 2º Turno de J. Augusto Saldívar, Ignacio A. Pane, hizo lugar a la excepción de inhabilidad de título planteada por los abogados del legislador cartista, debido a que los accionantes, que representan a la Cooperativa Multiactiva Capiatá, no presentaron los pagarés, junto con las escrituras públicas.

La citada cooperativa promovió el juicio de ejecución hipotecaria contra Erico Galeano, donde adjuntó dos escrituras públicas, una del 14 de febrero de 2022, por un crédito hipotecario de G. 10 mil millones; y la segunda del 30 de diciembre de 2022, por la suma de G. 8.200.617.044.

Sin embargo, pese a los montos de los créditos señalados en las escrituras, reclamó al congresista la suma de G. 7.859.617.417, más los intereses y costas del juicio.

De esta manera, el juez Pane citó a Galeano a presentar su defensa en el citado juicio.

EXCEPCIONES. Galeano se presentó en la acción y negó que tuviera deudas con la cooperativa. Además, planteó la excepción (defensa) de inhabilidad de título debido a que las dos escrituras públicas no fueron acompañadas por los pagarés que se firmaron con ellas y que constan en estas.

Alegó que en las escrituras públicas constan que se firmaron pagarés con ellas, por lo que, según la ley, deben ser acompañadas para poder ejecutarse, ya que sin los citados documentos, las escrituras no son hábiles para ejecutar las hipotecas.

Señaló también que una de las escrituras no estaba inscripta en los Registros Públicos, y que las sumas indicadas en ellas, son diferentes al monto que se requiere en la demanda.

Por su parte, los abogados de la cooperativa refirieron que sí se concedieron los créditos, y adjuntaron los pedidos del préstamo, así como las escrituras que sirven de prueba del crédito en cuestión. Solicitó el rechazo.

El juez, al analizar el pedido, rechazó las defensas de que una de las escrituras no estaban inscriptas en Registros Públicos, ya que eso es solo para ser oponibles a terceros. También rechazó la diferencia de montos entre lo reclamado y las sumas consignadas en los créditos.

No obstante, admitió la defensa de Erico Galeano respecto a que no se presentaron los pagarés que son señalados en las dos escrituras. Dice que la ley exige que los pagarés sean inscriptos en Registros Públicos, y que acompañen a la escritura para su ejecución.

Con esto, hizo lugar a este argumento y rechazó la ejecución hipotecaria contra el senador colorado Erico Galeano. Ahora, los abogados de la cooperativa pueden apelar la resolución.

Accionó en la Corte contra fallo Con relación a la causa por presunto lavado de dinero y asociación criminal contra Erico Galeano, sus defensores Cristóbal Cáceres, Víctor Dante Gulino y Álvaro Cáceres plantearon una acción de inconstitucionalidad en contra de la resolución del Tribunal de Apelación Penal que confirmó el juicio oral y a la vez excluyó las pruebas del caso del operativo A Ultranza Paraguay. En esta causa, el juicio oral está previsto para los meses de junio y julio del año 2025.

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