21 sept 2026

TSJE reglamenta observación electoral nacional para municipales y fija requisitos para organizaciones

El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) aprobó el reglamento que regulará la acreditación y el trabajo de las Misiones de Observación Electoral Nacional durante las municipales 2026. La normativa establece los requisitos que deberán cumplir las organizaciones interesadas, así como los derechos, obligaciones y restricciones que regirán el proceso de observación antes, durante y después de los comicios.

maquina de votacion TSJE.jpg

Una de las máquinas de votación que serán utilizadas el próximo 4 de octubre

Renato Delgado UH

Con miras a las elecciones municipales 2026, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) aprobó el reglamento para la acreditación y el ejercicio de la Observación Electoral Nacional, con el propósito de establecer un marco de actuación para las organizaciones de la sociedad civil que deseen monitorear el proceso electoral.

La medida busca garantizar que la observación se desarrolle bajo principios de imparcialidad, independencia y transparencia, al tiempo de fortalecer la confianza ciudadana en el proceso electoral.

De acuerdo con la reglamentación, podrán solicitar su acreditación las personas jurídicas nacionales cuyos fines institucionales estén vinculados con el fortalecimiento de la democracia. Las organizaciones deberán presentar su solicitud ante el TSJE hasta 30 días antes de la fecha de las elecciones, mediante una nota dirigida al máximo organismo electoral.

Lea además: Municipales: Oposición negocia a contrarreloj la unificación de candidaturas en ciudades claves

Entre los requisitos figuran la presentación de los documentos constitutivos de la organización debidamente autenticados, la acreditación de su representante legal, el domicilio de la entidad y un plan de observación electoral nacional.

Ese plan deberá detallar, como mínimo, los objetivos de la observación, las actividades previstas, los locales de votación que serán observados, el despliegue de los observadores, la fuente de financiamiento de la misión, la identificación de los responsables y los materiales de capacitación que utilizarán los integrantes del equipo.

Una vez reconocida la organización, deberá presentar la nómina de observadores y una declaración jurada del representante legal asumiendo la responsabilidad por las actuaciones de sus integrantes.

El reglamento también establece quiénes no podrán integrar las misiones de observación. Quedan excluidos los candidatos a cargos electivos, dirigentes o activistas de organizaciones políticas, funcionarios públicos con cargos directivos y los menores de edad.

Más contenido de esta sección
Las gobernaciones coloradas que integran el denominado G15 recibieron entre enero y agosto de este año G. 1,6 billones, provenientes principalmente del programa Hambre Cero. La administración de este caudal de dinero fortaleció la capacidad de negociación de los jefes departamentales, quienes empezaron a desempeñar un papel más visible como bloque con miras a las elecciones del 2028. Además de la vicepresidencia, las aspiraciones apuntan a bancas en el Senado.
El senador Rafael Filizzola sostuvo que la iniciativa presentada como el programa estrella del gobierno de Santiago Peña fue diseñada para financiar la política partidaria en los distintos departamentos. Afirmó que actualmente se convirtió además en un foco de fricción interna dentro de Honor Colorado.
Fenecido. El plazo para solicitar acreditaciones al TSJE venció el 4 de setiembre sin inscriptos.
¿Barreras? Polémica ley antioenegé también tiene un efecto disuasorio, remarcan analistas.
Juicio oral. Este jueves 24 está prevista la lectura de la sentencia a Rivas tras los alegatos.
Auditoría. En Senado se estancó un pedido de auditoría de equipos de cara a las municipales.
Tensión. Vicepresidente debe evitar un desbande en las bases antes de las elecciones municipales.
Desafío. Ejecutivo quiere impedir que división en el cartismo arriesgue el apoyo del Congreso.