La propuesta forma parte del proyecto de modificación de la Ley N° 834/95 del Código Electoral, que cuenta con una lista larga de cambios, así como parte del paquete del TSJE que también busca modificar aspectos de la Ley 635/95 “Que reglamente la Justicia Electoral”.
Justificación. Según señala el documento presentado y publicado por el TSJE, “se propone dar validez únicamente a la cédula de identidad vigente, ya que el documento de identidad no vigente no tiene validez”.
La señalada propuesta de modificación al Código Electoral también establece que la cédula vigente será exigida para ser inscripto en el Registro Cívico Permanente, incluso para los casos de inscripción automática.
“Todo ciudadano que alcance la edad de 17 años deberá renovar su cédula de identidad, vigente o de fecha vencida, al solo propósito de declarar su último domicilio, dato que será incorporado al Registro Cívico Permanente, con el fin de determinar su local de votación. El costo que insuma esta actualización será gratuito”, señala la última parte del proyecto de modificación.
Otros cambios. La larga lista de modificaciones propuestas por el TSJE también incluyen lo relacionado con la propaganda electoral fuera de plazo, donde se establece que esta será castigada de cien a mil jornales mínimos.
Sin embargo, la idea no menciona lo relacionado con la propaganda en internet, la cual ha sido una de las principales herramientas de propaganda de las campañas políticas de los últimos años, que ha venido violando sistemáticamente el periodo de difusión establecido por ley y la Justicia Electoral.
Otro punto importante es la eliminación de las Juntas Cívicas, la prohibición de uso de cámaras cerca del cuarto oscuro, de las bocas de urna, mayor responsabilidad y sanciones a los miembros de mesa, entre otros (ver info).