El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), desde la Dirección de Partidos y Movimientos Políticos, brindará asesoramiento técnico a los ciudadanos que pretendan conformar una agrupación política para postularse a cargos municipales.
A través de un comunicado, informó este domingo que los funcionarios técnicos de la citada dependencia acompañarán en forma permanente y gratuita en lo que hace al asesoramiento y acompañamiento técnico, jurídico y electoral.
Los interesados en recibir este apoyo pueden acercarse hasta la sede central de la institución, de lunes a viernes, de 7.00 a 13.00, o llamar al (021) 618-0344.
La Justicia Electoral también ayudará con la elaboración, verificación y corrección de estatutos, modelos de actas de constitución y proveerá manuales que sirvan de guía a los partidos y movimientos políticos en proceso de formación.
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Los mecanismos de participación política, para postularse a cargos electivos, están enmarcados en el artículo 1 de la Ley 834/96, Código Electoral Paraguayo, y el art. 1 de la Ley N° 3212/07 Que amplía las disposiciones del Código Electoral y crea la figura de las concertaciones.
Otras disposiciones también están fijadas en la Ley N° 3966/2010 Orgánica Municipal.
Esta, en su artículo 23, dispone que para ser intendente se requiere ser ciudadano paraguayo, mayor de veinticinco años de edad, natural del municipio o con residencia en él de por lo menos cinco años. Para ser concejal se requiere ser ciudadano paraguayo, mayor de veintitrés años de edad, natural del municipio o con una residencia en él de por lo menos tres años.
Tanto el intendente como el concejal no deben estar comprendidos en las inhabilidades previstas en la Constitución Nacional y en las leyes electorales.
Los extranjeros con radicación definitiva tendrán los mismos derechos que los ciudadanos paraguayos.
De acuerdo con la Ley N° 834/96 el candidato a intendente municipal deberá reunir los requisitos establecidos en la Ley Orgánica Municipal y hallarse en ejercicio del derecho de sufragio pasivo.