25 abr. 2024

Trabajadores demandan a Embajada y constructora

Sede. Acceso principal de la Embajada de los EEUU.

Sede. Acceso principal de la Embajada de los EEUU.

Quince operarios de la construcción que trabajaron en la obra del nuevo edificio de la Embajada de los Estados Unidos en Paraguay accionaron judicialmente contra la empresa Caddell Construcción Sucursal Paraguay y contra la representación diplomática norteamericana en reclamo de una indemnización y de cobro del preaviso, tras haber quedado desvinculados.

La construcción del imponente edificio corporativo que comenzó en 2017 se halla en su fase final, en el predio de 5 hectáreas ubicado en Mariscal López y Kubitschek.

Según consta en el escrito patrocinado por la abogada Letizia Benítez ante distintos juzgados en lo laboral, la empresa Caddell Construcción es la responsable de seleccionar y contratar los operarios.

Estos firman contratos por tiempo determinado al término de los cuales los vuelve a contratar para la misma naturaleza de trabajo, “a fin de que no tengan la antigüedad ni estabilidad laboral”.

Alegan que la empresa empezó a despedir injustificadamente y de forma masiva a los empleados que realizaban sus labores en la Embajada de EEUU, sin pagar la indemnización ni el preaviso, según Rodrigo Schäffer, otro de los abogados.

CONTRATO. En el contrato suscrito entre trabajadores y Caddell dice que este es por unidad de tiempo y tendrá un plazo determinado de tres meses.

También, que cualquiera de las partes podrá rescindir el contrato sin expresión de causa antes del plazo de su vencimiento previsto, “sin obligación de abonar indemnización alguna, bastando para ello una simple comunicación por escrito a la otra parte con una anticipación de 30 días”.

Los abogados y trabajadores afectados sostienen que los contratos se renovaban cada tres meses, de forma continua, hasta que fueron despedidos, por lo que se consideran como celebrados por tiempo indefinido, tal como lo establece el artículo 50 del Código de Trabajo. Según este, “los contratos relativos a labores que por su naturaleza sean permanentes o continuas en la empresa se considerarán como celebrados por tiempo indefinido, aunque en ellos se exprese término de duración”.

Respecto a por qué razón también demandan a la embajada de los Estados Unidos, explicaron que sus labores las cumplían bajo la supervisión de esta y subordinadas a las órdenes de los funcionarios de la representación diplomática que tuvieron como domicilio laboral.

“Registraba mis horarios de entrada y salida periódicamente en el mismo lugar de trabajo, por tanto, se dan los presupuestos para declarar a la Embajada en calidad de empleador en igual forma que Caddell Construcción Sucursal Paraguay, conforme al artículo 48 del Código del Trabajo”, indican Lorenzo David Romero y Marcos Antonio Torres en el expediente judicial que obra en el Juzgado en lo Laboral de la Circunscripción del Tercer Turno.

“Al momento de la desvinculación, la empresa les hace firmar a los empleados una liquidación en la que se detallan los conceptos que reciben. En la misma, constan el salario, vacaciones causadas, aguinaldo proporcional, indemnización y preaviso, pero lo notorio es que en la parte de indemnización y preaviso el monto es guaraníes cero”, refiere el abogado Schäffer.

Hasta el momento son 16 personas las que accionaron judicialmente contra la embajada y Caddell para el reclamo de sus haberes. Pero los despedidos son alrededor de 150, agregó.

A criterio suyo, la embajada adquiere calidad de empleador porque hay subordinación. Los operarios estaban trabajando en el predio de la embajada y para la embajada, insiste.

Con respecto al contrato firmado con Caddell, afirma que es leonino, pero al tratarse de un acto jurídico entre las partes, no tiene fuerza legal como el Código del Trabajo.

EMBAJADA. Tanto la embajada de los EEUU como el contratista Caddell a cargo de la construcción están al tanto de los reclamos realizados por un grupo de ex empleados contratados para la construcción del nuevo complejo de la embajada.

“El gobierno de los EEUU requiere que sus contratistas cumplan con todas las leyes y regulaciones laborales locales y atiendan con seriedad cualquier alegación de despido injustificado. En efecto, estamos seguros que Caddell lo está haciendo”, respondió la embajada, ante la consulta sobre el caso.

DENUNCIANTES Los trabajadores que reclaman la indemnización y pago de preaviso son César David Lezcano Fernández; Juan Ozorio; Ignacio Ayala Olmedo; Francisco Ramón Ovelar; Héctor Paniagua; Carlos Vázquez Acosta; Marcos Torres; Luciano Amarilla Mereles; Lorenzo David Romero Giménez; Antonio Herit González; Éver Ramón Martínez y Darío Javier Villamayor Cañete.

Asimismo, hicieron el reclamo Vicente Raúl Amarilla López; Richar Pedro Garcete Garay y Luis Alberto Martínez.

Lo notorio es que en la parte de indemnización y preaviso el monto es guaraníes cero. También se hacen constar otros datos. Rodrigo Schäffer, abogado.

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