08 mar. 2026

SET recuerda que gastos de supermercado no son deducibles en IVA y desata polémica

La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) anunció que desde el próximo año ya no se permitirá que el gasto del supermercado o no inherente al rubro del contribuyente sea deducible en el IVA. Esta normativa ya está vigente desde 1991, pero no se cumplía.

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Las facturas de supermercados y otros gastos particulares ya no servirán para descontar pagos del IVA.

Foto:El Huffpost

Si bien estas condiciones para la deducción del IVA se estableció desde el año 1991, la Subsecretaría de Estado de Tributación ( SET ) reiteró la vigencia y adelantó que desde el próximo año se exigirá su cumplimiento.

“Hay gente que piensa que gasto del supermercado que paga semanal o mensualmente puede deducir el Impuesto al Valor Agregado. El IVA se paga por la prestación de servicio o en caso de trabajadores independientes; entonces, en ese caso no puede ser deducido este tipo de gastos porque son gastos que no están relacionados directamente a la actividad que uno realiza ", describió el titular de la SET, Óscar Orué.

El viceministro dijo que siempre fue así, pero que por una falta de claridad sobre el punto no se aplicaba. “Nosotros a partir de enero de 2022 vamos a establecer un sistema de registro electrónico de comprobantes donde va a ser más difícil que uno pueda cargar”, anunció.

Nota relacionada: PGN 2022: Fisco busca fondos para sostener el mayor gasto en Salud

Dijo que este tipo de prácticas de que el contador le carga dichos gastos al contribuyente para deducir el IVA en realidad no corresponde.

Al respecto, advirtió que cuando Tributación inicie estos controles se aplicarán multas y se le aplicará los impuestos que dejaron de pagar. “En realidad nunca debió haber registrado como gasto deducible, ese el punto principal. La norma establece claramente todo lo que tiene inherencia a tu prestación de servicio”, insistió.

Agregó que los gastos de la vivienda no tienen relación de dependencia con la actividad; entonces, en esos casos no se pueden deducir. “Pero sí se puede deducir en el impuesto IRP, que es el Impuesto a la Renta Personal ", aclaró.

Orué precisó que mediante un estudio realizado con la Unión Europea se encontró un 36% de evasión del IVA. “Nosotros queremos reducir esa evasión del IVA y, aproximadamente, queremos llegar a finales del 2022 a reducir un 20% y gradualmente ir eliminando la evasión”, comentó.

Indicó que con esto se pretende recaudar aproximadamente de entre G. 1,5 a 2 billones por año.

Polémica en redes sociales

El anuncio no cayó bien a los internautas que criticaron al Gobierno por pretender recaudar cada vez más y cuestionaron que los gastos del supermercado para la compra de alimentos no sean considerados relacionados al rubro de un contribuyente cuando este gasto es esencial.

Entre los que criticaron duramente esta reiteración estuvo el diputado Sebastián García, quien sostuvo que el “hambre de recaudar es voraz cuando las ganas de gastar el dinero de todos también lo es”. Sin embargo, otros users le replicaron señalando que el propio legislador desconoce la ley vigente.

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