Por una amplia mayoría, los senadores aprobaron este jueves el proyecto que amplía la ley contra el nepotismo con las modificaciones introducidas en la comisión legislativa, en la última sesión ordinaria del año.
El presidente de la Comisión de Legislación, el senador colorado Enrique Bachetta, habló sobre las modificaciones de la ley original contra el nepotismo y pidió que se apruebe con modificaciones. Lo mismo hizo el senador del Partido Democrático Progresista (PDP), Arnaldo Giuzzio.
El liberal Fernando Silva Facetti dijo que este tipo de leyes no sería necesario si se cumpliera la ley de la función pública, pero que “hasta ahora es letra muerta”. Luego pidió vetar la prepuesta de la dependencia legislativa y aprobar el proyecto original.
El senador colorado, Carlos Núñez, pidió la postergación de su tratamiento, pero no consiguió una mayoría.
Después Giuzzio pidió la modificación del primer artículo del proyecto original. Por ese motivo, el senador colorado, Enrique Bachetta, solicitó nuevamente el aplazamiento del tratamiento para un mejor estudio, pero otra vez quedó sin efecto. El oviedista, Juan Manuel Bóveda, también pidió que se le incluya a los parlasurianos.
Eduardo Petta, del Encuentro Nacional, dijo que la ley no tiene efecto retroactivo y dijo a sus colegas que no se preocupen agregando que también hizo las correcciones al proyecto original. Asimismo resaltó que los parientes con idoneidad pueden presentarse a los concursos y si entran será constitucional.
Por su parte, Desirée Masi, resaltó la importancia de la ley, reconoció los errores en el proyecto original, pero pidió que se apruebe esa versión y luego modificar.
La iniciativa fue presentada por varios senadores de distintos partidos políticos tras los numerosos casos de parientes de legisladores y magistrados en las distintas instituciones públicas.
El proyecto plantea incluir a senadores, diputados concejales departamentales y municipales, además de jueces y fiscales.
Según el documento, los mencionados no podrán nombrar o contratar a cónyuges, concubinos y parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, salvo que sea por concurso público de oposición.
Además, se establecen sanciones penales en los casos de incumplimiento. Se menciona una pena privativa de libertad de hasta dos años o multa (cifra a cuantificar).
Si estos nombramientos se efectúan en el marco de un concurso público de oposición, conforme a las normas vigentes, los parientes podrán ocupar cargos públicos. La ley no puede ser retroactiva, dijo Giuzzio al ser consultado sobre la cantidad de parientes de políticos en el Estado que se descubrieron en los últimos meses.