19 abr. 2026

Se promulga ley y Senacsa prevé identificar 3 millones de terneros

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Senacsa. El gremio de la carne y Senacsa celebran la puesta en vigencia de la Ley 7221.

Adriana caballero

El presidente de la República, Santiago Peña, promulgó la Ley 7221 de Identificación Animal, que busca mejorar la sanidad animal y seguridad sanitaria de los alimentos.

Esto implica que cada animal será individualizado de forma obligatoria a fin de construir la trazabilidad durante todo el proceso productivo y de comercialización, asegurando la sanidad, inocuidad alimentaria, bienestar animal y ambiental.

José Carlos Martin, titular del Senacsa, celebró la promulgación y dijo que con la ley se pretende acrecentar la eficacia de las actividades como la gestión de brotes de enfermedad e incidentes relacionados con la seguridad sanitaria de alimentos.

“Con esto vamos a poder posicionarnos mucho mejor afuera, vendiendo competitividad, certificando nuestros productos”, apuntó.

Aclaró que la identificación se implementará, inicialmente, al ganado bovino, pudiendo abarcar a otras especies con potencial productivo, como ovinos, equinos, entre otras.

Detalló que el primer objetivo será identificar a unos 3 millones de terneros nacidos entre 2024 y 2025 y resaltó que también ayudará a la inclusión de las cadenas exportadoras, además de beneficiar a los pequeños productores para su formalización.

“De los 2.800.000 de terneros, 300.000 son de los pequeños productores y a ellos también se le tiene que aplicar todo el trabajo”, dijo.

Ejemplificó que en Uruguay realizan un fideicomiso por cada animal identificado como una copropiedad del Estado, lo que no descartó que se desarrolle en Paraguay.

Aseguró también que la legislación, trabajando con todo el sector ganadero, contribuirá en la lucha contra el abigeato.

Detalles. El texto de la normativa señala que el órgano de aplicación y responsable es el Senacsa, que deberá reglamentarla en un plazo no mayor a 90 días. Además, la entidad deberá habilitar un registro oficial de cada animal identificado.

Indica a su vez que los propietarios están obligados a identificar a sus animales ingresados del exterior, mediante un estatus diferente, calificado como importado.

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