09 nov. 2025

Ratifican que declaración jurada de funcionarios del Estado sea pública

Los senadores se ratificaron en su sanción inicial sobre el proyecto de ley que establece que los funcionarios públicos presentarán obligatoriamente su declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos a la Contraloría General de la República.

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El Senado se ratificó en su decisión sobre el proyecto de declaración jurada de bienes de funcionarios públicos.

Foto: Senado

La Cámara de Senadores ratificó su postura en el proyecto de ley “que modifica los artículos 1º, 3º, 4º, 7º, 13° y 21° de la Ley 5033/13, Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos”.

El documento, en su segundo artículo, señala que los funcionarios públicos presentarán obligatoriamente declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos a la Contraloría General de la República, dentro de los 15 días de haber tomado posesión de su cargo y en igual término al cesar en el mismo.

De la misma manera, se estable que anualmente presentarán su declaración jurada entre el 1 y el 15 de enero, independientemente del tiempo transcurrido de la anterior presentación.

Nota relacionada: Senado aprueba que declaraciones juradas sean públicas

Además, el proyecto concede autorización expresa e irrevocable del declarante, que faculte a la Contraloría General de la República a dar a conocer públicamente los datos contenidos en su declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos, dentro de los tres días de haber sido presentada.

Entre otras cosas, también se determina la publicidad y publicación de las declaraciones juradas en cuestión, la cual se hará por todos los medios disponibles y de fácil acceso para la población, y, principalmente, a través del sitio web o portal digital de la Contraloría General de la República.

El proyecto afecta, según el artículo 1 de la Ley 5033, a toda persona nombrada, contratada o electa por elección popular para prestar servicios en los poderes del Estado y en general en todo órgano perteneciente a la administración central descentralizada, entes autónomos, autárquicos, empresas con participación estatal mayoritaria.

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Asimismo, alcanza a quienes presten servicio en las entidades binacionales, sociedades anónimas con participación estatal mayoritaria, sociedades de economía mixta, gobiernos departamentales, municipales, la Contraloría General de la República, la fuerza pública y en general a quienes perciban remuneraciones provenientes de fondos públicos.

Los senadores criticaron la intención de Diputados de obstruir el proyecto inicial con las modificaciones propuestas, las cuales incluían a los propietarios y directivos de empresas privadas que presten servicio o realicen obras para el Estado.

La modificación de Diputados también omite la facultad de Contraloría de hacer públicas las declaraciones juradas dejando la posibilidad de publicación solo en caso de tener una autorización jurisdiccional respectiva. El documento vuelve a Diputados.

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