Fue fallo unánime de los ministros César Diesel, Carolina Llanes y Manuel Ramírez Candia, quienes ratificaron la resolución dictada por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, del 20 de abril del 2023.
El fiscal Alejandro Cardozo planteó recurso de casación con el argumento de que los camaristas no tuvieron en cuenta los incidentes, recursos y recusaciones que se plantearon para contar el plazo de prescripción. Tanto Diesel como Llanes coinciden en que el caso fue calificado como estafa, por lo que la pena es de 5 años, y el doble del plazo 10 años. Indican que desde la conclusión de la conducta el 13 de agosto de 2012, hasta la fecha del fallo, transcurrieron más del doble del plazo y ratifican el fallo.
Por su parte, el ministro Ramírez Candia si descuenta el plazo por los incidentes, recursos y recusaciones, con lo que descuenta un año y 7 meses y un día, con lo que igual prescribió la causa y vota por su ratificación.