30 may. 2026

Proyectan ley para regular el uso de cámaras policiales y habrá sanciones

El proyecto de ley que fue presentado a la Cámara Baja presenta cómo utilizar las videocámaras móviles y fijas. Establece que las imágenes no deben ser compartidas, salvo que se capten ilícitos.

El diputado Yamil Esgaib presentó un proyecto de ley que regula la utilización de videocámaras por las fuerzas públicas (policías y militares), donde plantea que cualquiera con acceso a las grabaciones deberá actuar con reserva y confidencialidad, prohibiéndose la cesión de imágenes. Esto se da, tras las polémicas generadas por las imágenes difundidas por el policía tiktoker José Jiménez, a través de sus redes sociales.

También se prevén sanciones e infracciones, así como un régimen disciplinario de la Policía Nacional.

El planteamiento presentado el pasado 14 de noviembre ante el presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, recuerda que la Policía Nacional “tiene la misión de preservar el orden público, así como los derechos y seguridad de las personas”.

A lo largo de 16 artículos, el proyecto de ley menciona que la utilización e instalación de videocámaras para grabar imágenes y sonidos en lugares públicos, abiertos o cerrados requiere de autorización, ya sean para las móviles o fijas.

Lo que se busca es prevenir la comisión de delitos, faltas e infracciones relacionadas con la seguridad pública, estableciendo un régimen de garantías de derechos y libertades públicas “que habrá de respetarse ineludiblemente”.

LAS FIJAS. En cuanto a las instalaciones de videocámaras fijas por las fuerzas del orden público, estos deben responder siempre a un criterio profesional e idóneo, y se tendrá el apoyo y colaboración de los gobiernos locales, como las comisiones vecinales.

El público debe ser informado de la existencia de videocámaras fijas y de la autoridad responsable.

VIDEOCÁMARAS MÓVILES. “La utilización de videocámaras está destinada a garantizar la seguridad de las personas en los lugares y espacios públicos, sean cerrados o abiertos y, en su caso, a la identificación de los infractores de las leyes”, dice uno de los artículos.

Se prevé que las imágenes y sonidos obtenidos por cualquiera de las maneras deberán ser destruidas en el plazo de un mes desde su captación, salvo que se relacionen con infracciones penales o administrativas graves o muy graves en materia de seguridad.

Una vez que se realice la filmación, si la grabación capta la comisión de hechos que pudieran ser ilícitos, se debe poner a disposición de la Fiscalía.

Si se captan infracciones administrativas relacionadas con la seguridad ciudadana, se debe remitir al órgano competente de inmediato.

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Yamil Esgaib, diputado.

¿Qué acciones se considerarán faltas o infracciones?

El proyecto de ley menciona que se considerarán infracciones cuando de las imágenes captadas surjan hechos que no den lugar a exigir responsabilidades penales.

En este caso, la sanción será de acuerdo al régimen disciplinario que corresponde a los infractores regulados por la Ley Orgánica Policial y las ordenanzas municipales.

Entre las faltas muy graves aparecen el alterar o manipular los registros de imágenes, permitir el acceso de personas no autorizadas a las imágenes grabadas o utilizar estos para otros fines no previstos en el proyecto.

También reproducir las imágenes para fines distintos de lo previsto en esta ley.

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