La reglamentación de la Ley de Energías Renovables, que busca atraer inversiones privadas hacia el sector energético, establece las condiciones para la venta directa de energía entre privados, fundamentalmente en torno a la figura del gran consumidor (data centers, criptominería, IA), además de las concesionarias del servicio público (empresas que cumplan funciones similares a las de la ANDE).
La normativa viabiliza la venta directa de energía eléctrica entre privados, pero la destina específicamente a un Gran Consumidor de Energías Renovables No Convencionales, figura creada dentro del marco regulatorio. Según se establece, estas empresas, además de contar con un proveedor en particular, podrán celebrar contratos en paralelo con la ANDE, para que esta actúe como un soporte en los casos de que existan inconvenientes con el generador contratado.
La normativa detalla que el privado que opere bajo esta figura, obtendrá una licencia para producir energía con el fin de suministrarla a la ANDE, a las concesionarias del servicio público (como Clyfsa en Villarrica) o a los grandes consumidores.
Asimismo, existe una excepción de suministrar energía a actividades que participen en los procesos industriales o comerciales directamente relacionados al Autogenerador o Cogenerador. Para este caso específico (consumo vinculado dentro del mismo predio), pueden ejercer esta actividad con independencia del volumen de energía que requieran dichas actividades.
“El gran consumidor es un cliente desde 30MV de potencia. Todas las criptominerías están por encima de los 100MV de potencia, así como las consultas que recibimos respecto a Inteligencia artificial. Desde este monto, se puede comprar energía de la ANDE o de un generador privado. Esta es una innovación importante y la firma estatal no va a tener incidencia en la tarifa acordada entre las partes. No obstante, deberá existir un contrato para el uso del sistema de distribución, por el que la empresa estatal cobrará un peaje”, explica el presidente de la ANDE, Félix Sosa, en conversación con Radio Monumental 1080 AM.
INDUSTRIAS. Expertos señalan que el sector industrial es uno de los mayores beneficiados con esta nueva normativa. Las empresas podrán instalar sistemas de cogeneración (producir energía eléctrica y otra forma de energía de manera simultánea). Aquellas industrias que generen más energía de la requerida para sus procesos productivos, podrán vender ese remanente a la ANDE o negociar contratos de suministro con otros grandes consumidores, lo que abre una nueva línea de ingresos y mejora la eficiencia operativa de las empresas.
Félix Sosa enfatizó en que el objetivo central de la nueva regulación es acompañar el crecimiento del consumo sin comprometer la calidad del servicio. Al fomentar una oferta diversa de energía, se busca evitar situaciones de escasez que, a largo plazo, podrían presionar al alza las tarifas. A su vez, la participación privada permite que la ANDE pueda licitar y adquirir energía a precios competitivos, optimizando los costos de generación total.
El titular de la empresa estatal añadió que el costo medio de generación se calculaba con base en el mix de Itaipú, Yacyretá y Acaray, que en 2025 fue de USD 27 por megavatio en la barra.
MONOPOLIO. Con el Decreto N° 6034, rubricado el martes pasado, que reglamenta la Ley N° 7599/2025 de modernización del régimen de Energías renovables no convencionales (ERNC) no hidráulicas, el Poder Ejecutivo propone una normativa que sienta, por primera vez de manera sistémica, las bases legales para romper el histórico monopolio de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), a través de la inversión privada.