Similar postura tuvo el abogado penalista José Casañas Levi, quien afirmó que la detención no correspondía.
El pasado martes, a las 20:30, fue detenida una pareja en la ciudad de Ypané, luego de que efectivos policiales visualizarán un vehículo estacionado en una zona oscura y con el motor en marcha, y tras descubrir que estaban teniendo relaciones sexuales.
“Uno de los principios fundamentales del Derecho Penal es el principio de lesividad, que sostiene que solo deben penalizarse conductas que causen daño o pongan en peligro bienes jurídicos de terceros. Las relaciones en un auto cerrado, de manera consensuada y sin intención de ser vistas por terceros, no cumplen con este criterio”, detalló Diana Vargas a ÚH.
Continuó analizando que se puede detener a personas en flagrancia, “es decir, cuando son descubiertas cometiendo un hecho punible o inmediatamente después, o en cumplimiento de una orden, y ninguna de esas condiciones se cumplen en el caso”, dijo.
Según comentó, un auto cerrado es considerado un espacio privado, donde las personas tienen una expectativa razonable de privacidad, por lo que penalizar las relaciones sexuales en ese contexto sería similar a penalizar actos privados que se realizan dentro de una casa.
EXTRALIMITÓ. Por su parte, el abogado Víctor Casanova, también hizo un análisis, alegando que mucho se habló de un supuesto exhibicionismo.
“Para que se configure un hecho de exhibicionismo, eso tiene que generar un daño a la persona. La persona tiene que ver eso y tiene que generarle un mal momento”, dijo a la 1330 AM.
Sin embargo, expuso que esto ocurrió cerca de un patio baldío, por lo que la Policía “se sobrelimitó en su postura como autoridad”.
El abogado Casañas Levi dijo a la 1080 AM que “la conducta de mantener relaciones sexuales o realizar actos sexuales en la vía pública puede ser interrumpida por la Policía, pero afirmó que se excedieron en la foto con capucha, “porque no es un caso en el cual uno vaya a ir preso en esta circunstancia concreta”, expuso.