La docente Diana Paniagua, de Santaní, denunció que descubrió que su salario estaba siendo objeto de embargo en el marco de procesos judiciales promovidos por una persona a quien afirma no conocer y por obligaciones que sostiene nunca haber recibido, por lo que exige justicia.
Los antecedentes refieren dos acciones por montos cercanos a G. 14.000.000 cada una, tramitadas ante el Juzgado de Paz de Villa Hayes, a cargo de la jueza Zoraida Olguín. El demandante figura como Roberto Ariel Rodríguez Pavón, patrocinado por el abogado Alcides Ranulfo Estigarribia. Ambos expedientes presentaban características similares y en uno de ellos ya se había dispuesto el embargo de haberes.
Ante la situación, la docente decidió contratar a una abogada para asumir su representación. Según refieren, el presupuesto establecido fue de G. 6.000.000. Señalan además que, por una relación de confianza, realizaron una transferencia de G. 2.000.000 y, posteriormente, entregaron G. 1.000.000 en efectivo (viáticos y traslados), respecto de los cuales afirman no haber recibido comprobante ni factura.
Posteriormente, Paniagua tomó contacto con el abogado del demandante, Alcides Estigarribia, del estudio jurídico EDA y Asociados, a quien solicitó información sobre el origen del pagaré, alegando desconocer completamente las operaciones reclamadas y advirtiendo que recurriría a la prensa. Según la afectada, tiempo después su propia representante legal mantuvo conversaciones con el mismo profesional y posteriormente le presentó un acuerdo que ella terminó firmando sin comprender plenamente sus alcances, con el entendimiento de que se le devolverían los montos descontados y se solicitaría el finiquito de ambos juicios, pero no fue así.
Por ello, la docente acudió a la Comisión Especial del Senado que al revisar los antecedentes verificaron que Roberto Ariel Rodríguez Pavón figura como presidente de la empresa LM Hogar, nombre que aparece reiteradamente en testimonios de presuntas víctimas vinculadas a casos investigados sobre pagarés y embargos múltiples.
Ante está situación, la docente solicitó intervención a la Comisión, desde donde le advirtieron que el acuerdo suscripto por la afectada contenía reconocimiento de obligaciones que ella sostiene no haber contraído, mientras llamativamente el demandante ofrecía devolver la totalidad de los descuentos realizados y los expedientes ya habían sido finiquitados con rapidez, quedando pendiente únicamente la orden de pago correspondiente a favor de la afectada.
Tras la comparecencia en sede judicial, la víctima relató que la magistrada tuvo un trato impropio hacía su personas, además de manifestar que conocía la autenticidad de la firma cuestionada y que “mandó hacer un peritaje”, pese a que, según la revisión realizada, dicha actuación no constaría en el expediente.
Asimismo, la jueza informó inicialmente a la afectada que la orden de pago no sería emitida hasta resolverse cuestiones vinculadas a honorarios profesionales, pese a que –según la documentación analizada– la resolución de finiquito ya habría resuelto las costas y costos procesales mediante el acuerdo suscripto.
Sin embargo, la víctima contó que recibió una llamada poco después de retirarse del juzgado, donde le avisaban que podía retirar una orden de pago por G. 10.316.000, pese a que los registros del MEC refieren que los descuentos efectuados alcanzaron los G. 16.608.000.
El caso sigue siendo investigado.