Los actores de las organizaciones sin fines de lucro son claros al señalar que no están en contra de los controles, para evitar el lavado de dinero o injerencias, sino que el problema es que ya existen normativas para este efecto, por lo que la llamada ley garrote tiene una finalidad política, que no fue atenuada con la reglamentación que firmó Santiago Peña esta semana.
Tras la publicación del decreto del Poder Ejecutivo que reglamenta la Ley 7363/2024, “Que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”, referentes de la sociedad civil analizan presentar acciones de inconstitucionalidad, ya que encuentran los mismos problemas que ya advirtieron desde el año pasado.
El director de la Fundación Moisés Bertoni, Yan Speranza, indicó que la ley viene a complicar el trabajo de las organizaciones en un momento histórico en que se busca la participación de la sociedad civil para fortalecer la democracia.
“Es un tipo de restricción, con excusas como que esto es un mecanismo de control, cuando ya existe mecanismo de control, estamos absolutamente de acuerdo que las ONG, como las empresas y todos, deben tener mecanismo de control, y tenemos que cumplir, porque no podemos permitir que haya espacio para lavado de dinero y otros, pero eso ya existe”, resaltó.
Para Speranza, se trata de una reacción de un sector político que está en el poder y que no quiere ser observado.
“Esto fue un posicionamiento de un grupo político en contra de las ONG que alzan su voz, cuando ven algún tipo de irregularidad, que puede ser molestoso para el poder, y eso no se puede permitir, el poder tiene que entender que va a estar siendo observado, que debe rendir cuentas”, manifestó.
Junto con otros referentes, analizan el siguiente paso, que sería una acción de inconstitucionalidad, porque no pudieron llegar a acuerdos con el Congreso y el presidente Peña tampoco accedió al pedido de que la ley sea vetada.
“Puede haber una avalancha de presentaciones de acciones de inconstitucionalidad y eso es un hecho político”, expresó.
Por su parte, el secretario ejecutivo de Codehupy, Dante Leguizamón, recalcó que, luego de analizar la reglamentación, pudieron entender que no se redujeron los problemas de la normativa inicial.
“No aclara nada. Seguimos con muchas preocupaciones. Analizamos próximas acciones. La reglamentación sigue la misma línea de la ley y sigue siendo perjudicial para la sociedad civil, por las cargas burocráticas que implementa, por los problemas para los registros de organizaciones internacionales, lo ponemos con relación al derecho a la intimidad de las personas, entre otras cosas”, subrayó.
El abogado Ezequiel Santagada coincidió en que es posible que sean presentadas acciones de inconstitucionalidad contra la ley luego de ser publicada la reglamentación. Indicó que podría afectar no solo a las oenegés, ya que la definición es muy amplia, y no se limita a asociaciones y fundaciones.
El abogado fue más allá y alertó de que la ley afecta a las organizaciones que puedan incidir en políticas públicas, y que esto puede alcanzar a sectores sociales o económicos que se unen bajo una estructura jurídica de cualquier tipo para defender sus intereses.
Estos grupos usualmente dialogan con funcionarios y tratan de incidir mediante comunicados, publicaciones o elaboración de informes. “Cuando un grupo de ciudadanos se une para participar en una audiencia pública o hacer presentaciones en el marco de un procedimiento de evaluación de impacto ambiental de una obra pública, interviene de manera directa en políticas, planes y programas de infraestructura, movilidad, turismo, saneamiento, etcétera. No se trata simplemente de ‘tener acuerdos de gobernanza’ como lo pintaron en su momento”, advirtió.
Santagada apuntó que hay un gran riesgo de que sea afectada la libertad de organización. “¿Querés opinar, manifestarte, peticionar, hacer escuchar tu opinión, defender intereses difusos cuando el Estado esté de por medio? Bueno, a inscribirte con papá Estado, a mostrar todas tus cuentas”, resaltó.