Para el Ministerio del Ambiente (Mades), las municipalidades tienen gran responsabilidad en estas situaciones; en este caso, la Comuna de Villa Hayes.
ORDENAMIENTO TERRITORIAL. Claudio Velázquez, director de Ordenamiento Territorial del Ministerio del Ambiente (Mades), expresó que la Ley orgánica municipal 3966/10 establece que los municipios deben planificar de manera organizada su crecimiento a partir de un plan de ordenamiento urbano y territorial.
“Esa es la ley principal que se debe cumplir por parte de los municipios. De manera paralela existe un proyecto de ley de ordenamiento territorial que especifica algunos puntos. Pero independientemente a esa ley y su sanción, existe una obligación municipal para modificar y organizar el territorio urbano de los municipios respetando estrictamente los cauces hídricos, áreas silvestres protegidas y otros criterios ambientales”, explicó.
Este caso es uno de los que se dan en un área silvestre protegida, donde no existe una estricta planificación y se da esta situación.
Sostuvo que hay una obligación de la municipalidad de ordenar su territorio con base en criterios ambientales, además de lo social y económico.
“Acá se trata de un área silvestre protegida, propiedad privada del Ministerio de Defensa. Tengo entendido que el propietario ha hecho denuncias pertinentes al Ministerio Público por invasiones en el lugar. También ha realizado denuncias en la Municipalidad (de Villa Hayes) para encaminar alguna solución con respecto a esa situación, pero no ha tenido respuestas”, comentó.
Dijo finalmente que desde el Mades se insiste en que los municipios pongan en marcha estos planes de ordenamiento territorial para que sus planes de crecimiento sean acordes con los criterios sociales, económicos y ambientales.
“Las invasiones ya son muy difíciles de solucionar o encaminar”, culminó.