25 sept 2026

Ley Guastella: Diputados aprueba derogación

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles en sesión ordinaria el proyecto de ley que deroga la conocida como ley de Guastella, que reduce a tres años la duración de los procesos penales. El texto es derivado al Senado.

fachada Palacio de justicia

Parte de la fachada del Palacio de Justicia en Asunción. Foto: Archivo.

Fernando Calistro.

Si la normativa (Ley 4.669/12) no es dejada sin efecto antes del 1 de setiembre, podrían extinguirse causas graves de corrupción, explicó la diputada del Partido Patria Querida (PPQ) Rocío Vallejo.

El proyecto de derogación fue presentado por el diputado Eber Ovelar (ANR, Añetete). La Comisión de Justicia, Trabajo y Previsión Social aconsejó el rechazo. En la sesión de este miércoles, el tema fue tratado por moción de preferencia de Rocío Vallejo.

Embed

La Ley podía volver a entrar en vigencia este año, por lo que se recomendó su tratamiento de forma urgente. Tras su aprobación en Diputados, debe ser tratada en el Senado.

Leé más: Alertan sobre vigencia de la Ley Guastella

Vallejo recordó que esta ley entró en vigencia por corto tiempo en 2012 y generó caos en el sistema judicial. Fue suspendida con la promulgación de la Ley Camacho, en el 2015, que reestablece que el proceso judicial fenezca en cuatro años y no en tres.

Qué es la Ley Guastella

La Ley 4.669/12, conocida como ley Guastella, modifica los artículos 136 y 137 de la Ley 1286/98 del Código Procesal Penal.

Esta normativa establece que el proceso judicial tenga una duración máxima de tres años para su finalización en primera instancia. Vencido el plazo previsto, el juez, a petición de parte, declarará extinguida la acción penal.

“Cuando se declare la extinción de la acción penal por morosidad judicial, la víctima deberá ser indemnizada por los funcionarios responsables o por el Estado. Se presumirá la negligencia de los funcionarios actuantes, salvo prueba en contrario. En caso de insolvencia del funcionario, responderá directamente el Estado, sin perjuicio de su derecho a repetir”, expresa parte de la legislación.

Más contenido de esta sección
Blas Pablo Melgarejo Benítez, alias Chopalé, fue condenado a ocho años de prisión por un robo agravado ocurrido en octubre de 2021 en el barrio San Agustín de Ciudad del Este.
Una mujer tuvo que comprar por segunda vez su propia vivienda que iba a ser subastada por la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico). Otras personas que adquirieron sus terrenos de la misma inmobiliaria anunciaron movilizaciones.
El Sindicato de Periodistas del Paraguay (SPP) repudió el atentado contra el periodista César Candia, trabajador de prensa del Departamento de Canindeyú. En imágenes de circuito cerrado se observaron cómo el vehículo era incendiado por una persona con capucha.
La jueza María Fernanda García de Zúñiga, que integró el Tribunal de Sentencia que condenó a Hernán Rivas a 8 años de cárcel por poseer título falso como abogado, señaló que un cúmulo de hechos, como su falta de verba y la ausencia de respaldo documental sobre su formación terciaria pesaron a favor de su condena.
Antonio y Ramona formaron parte de las 29 parejas que dieron el “sí, quiero” en una emotiva boda comunitaria en Santa Rosa, Misiones, impulsada por la Fundación Santa Librada, que celebró su segundo enlace en la zona.
En el marco de los 234 años de fundación de Fuerte Olimpo, en el Departamento de Alto Paraguay, se realizó el tradicional tedeum en la Catedral María Auxiliadora. En la ocasión, monseñor Gabriel Escobar Ayala elevó una oración de acción de gracias por la historia de la ciudad y realizó un fuerte llamado a construir una sociedad basada en la justicia, la solidaridad y la dignidad humana.