13 may. 2026

La abogacía paraguaya bajo la lupa

La abogacía paraguaya atraviesa uno de los momentos más delicados de las últimas décadas. La reciente solicitud de la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (Aneaes) al Consejo Nacional de Educación Superior (Cones) para intervenir 126 carreras de Derecho pertenecientes a 32 universidades volvió a poner bajo la lupa la calidad de la formación jurídica en nuestro país.

El dato resulta alarmante porque de las 191 carreras de Derecho habilitadas en nuestro país, apenas 33 cuentan con acreditación vigente, lo que equivale a solo el 17,3% del total. En otras palabras, más del 80% de las ofertas académicas funcionan sin el principal sello estatal de garantía de calidad. La situación no es nueva. Ya en 2025 la propia Aneaes advertía sobre la proliferación de carreras sin acreditación y sobre los riesgos que ello implicaba para el sistema jurídico y para la confianza ciudadana en la profesión.

El problema excede a la mera discusión universitaria. La formación de abogados no es una cuestión privada ni puramente comercial. El abogado cumple una función esencial para el Estado de derecho, participa en la administración de justicia, asesora a ciudadanos y empresas, ejerce la defensa de derechos fundamentales y ocupa espacios claves en la magistratura, la política y la administración pública. La degradación de la enseñanza jurídica impacta directamente en la calidad institucional de la República.

En este contexto, la Corte Suprema de Justicia reflotó una propuesta debatida desde hace años: Exigir un examen para otorgar la matrícula profesional a egresados de facultades no acreditadas. La idea no es novedosa. Ya había sido planteada en 2023 y nuevamente en 2024, especialmente tras escándalos vinculados a títulos presuntamente irregulares y a las crecientes dudas sobre el nivel académico de ciertas universidades. La preocupación del máximo tribunal parece razonable: Si el sistema universitario no garantiza estándares mínimos homogéneos, el Poder Judicial busca establecer un filtro adicional antes de habilitar el ejercicio profesional.

Sin embargo, la medida abre un debate complejo. Limitar el examen únicamente a egresados de carreras no acreditadas podría derivar en una diferenciación difícil de justificar desde el principio de igualdad. Si el objetivo es asegurar idoneidad profesional, parecería más coherente que todos los aspirantes a la matrícula (sin distinción de universidad de origen) deban rendir una evaluación nacional estandarizada. De lo contrario, podría generarse una presunción automática de incapacidad sobre algunos egresados y una presunción absoluta de suficiencia sobre otros, cuando la realidad demuestra que la calidad académica puede variar incluso dentro de instituciones acreditadas.

Modelos comparados muestran alternativas posibles. En los Estados Unidos, ningún graduado puede ejercer automáticamente la profesión: Todos deben aprobar el “Bar Exam” del estado correspondiente. En Brasil ocurre algo similar con el examen de la Ordem dos Advogados do Brasil (OAB), requisito obligatorio para matricularse. Estos sistemas no eliminan la importancia de la acreditación universitaria, pero trasladan el control final de idoneidad a una evaluación uniforme para todos los postulantes.

La crisis actual debería servir como punto de inflexión. Paraguay necesita discutir seriamente qué tipo de abogados quiere formar y qué estándares mínimos debe exigir a quienes ejercerán una profesión íntimamente vinculada con la justicia y la seguridad jurídica. La defensa de la calidad académica no puede ser vista como un ataque a los estudiantes ni como una persecución a universidades privadas; se trata, en realidad, de proteger la credibilidad de una de las profesiones más relevantes para el funcionamiento democrático del país.

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