El fallo implica la posibilidad de disponer de un monto de G. 234.687.649 más cinco inmuebles valuados por un monto total de G. 5.110.296.540.
La causa fue interpuesta ante la Justicia por los abogados Marco Aurelio González Maldonado, procurador general de la República, y Darío Espínola Scribano, procurador delegado.
El Juzgado de Primera Instancia ordenó el levantamiento de los embargos ejecutivos trabados ante la Dirección General de los Registros Públicos sobre cinco inmuebles de Copaco SA, dos de ellos ubicados en el distrito de Mariano Roque Alonso; dos del distrito de San Roque y un inmueble en el distrito de San José de los Arroyos.
Igualmente, el juzgado ordenó levantar los embargos de las cuentas en distintas entidades bancarias, consistentes en las sumas de G. 17.718.393 y de G. 5.542.921 de Sudameris Bank; así como de G. 7.063.000 y G. 19.181.000 de Visión Banco, y de G. 93.131.163 del Banco Continental. Al mismo tiempo, se levantaron los embargos sobre las sumas de G. 2.400.570; G. 58.066.182; G. 11.054.892; G. 10.000.000 y de G. 10.529.598, respectivamente, del Banco Nacional de Fomento (BNF).
La Procuraduría General de la República argumentó, al solicitar el levantamiento del embargo sobre los bienes de Copaco, que según el artículo 29 de los estatutos de la compañía, de las 100 acciones con las que se conformó, 99 de ellas corresponden al Estado paraguayo y que es considerada una empresa pública (EP) según el artículo 3 de la Ley 5058/13 “Que crea el Consejo Nacional de Empresas Públicas (CNEP).