11 abr. 2026

Juez admite el amparo del senador Rivas

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Admitido. El senador Hernán Rivas (der), con su abogado.

archivo

El juez Civil Martín Acosta Conde hizo lugar al amparo constitucional promovido por el senador Hernán David Rivas, y prohibió a Radio Ñandutí SA divulgar, propagar, generar y alterar multimedia de audios, videos e imágenes de contenido sexual explícito que se relacionen al legislador.

No obstante, pese a que el legislador también había solicitado que la prohibición se extienda a otros 56 medios de comunicación, solo fue notificado Radio Ñandutí SA, sin que se nombraran a los otros medios de comunicación.

El pasado 7 de mayo, el citado medio había hecho una publicación bajo el título de “Senador involucrado en video hot”, en donde se observan a un hombre y una mujer antes o después de haber tenido relaciones íntimas. Esta noticia luego fue replicada en varios medios de comunicación.

El jueves pasado, el legislador planteó un amparo con que reconoce que el video se hizo en su casa el 14 de junio del 2022, donde aparecen él y su esposa. Alegó que violan su intimidad.

El juez le dio trámite y citó a las partes a una audiencia fijada para ayer viernes. Sin embargo, no se presentaron los representantes del medio.

Tras analizar el caso, el magistrado estudia la diferencia entre la libertad de expresión, el derecho a la información y el derecho a la intimidad.

Sostuvo que en este caso el video difundido viola la intimidad del legislador, por lo que prohíbe la difusión del mismo en cualquiera de sus plataformas, al igual que los canales habilitados en las empresas WhatsApp y Telegram. No se expidió respecto a los demás medios.

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