De esta forma, hasta el 31 de octubre próximo no se aplicarán las sanciones por incumplimiento de deberes formales, establecidas en el artículo 176 de la Ley N° 125/1991 sobre nuevos regímenes tributarios, en concepto de contravención.
Además, dentro del nuevo régimen excepcional de facilidades de pago, Tributación mencionó que se puede fraccionar el pago del impuesto a la renta comercial, industrial o de servicios (Iracis) y del impuesto a la renta de las actividades agropecuarias (Iragro) hasta el 31 de julio; esto conlleva un 0% de interés anual; con fraccionamiento hasta en 4 cuotas mensuales y un 20% de entrega mínima inicial.
La metodología es ingresar al Sistema Marangatú y elegir entre los planes 201 al 204; mientras que la fecha indicada para el pago de la entrega inicial podrá ser hasta dos días siguientes a la solicitud.
Para más información, se puede contactar con el (021) 4177000.