16 may. 2024

Futura ley confiere peligrosas atribuciones a la cartera económica

El proyecto de medidas extraordinarias para gestión de finanzas públicas dará mayor poder al Ministerio de Economía, que por el resto del año no tendría el control del Poder Legislativo.

El proyecto de ley “Por el cual se establecen medidas extraordinarias de gestión para las finanzas públicas”, que ya cuenta con media sanción del Senado, no solo permite el endeudamiento para el pago de deudas atrasadas, sino que confiere polémicas atribuciones al Ministerio de Economía y Finanzas, a cargo del ministro Carlos Fernández Valdovinos

Durante las más de 3 horas de debate en el Senado, el pasado miércoles, los senadores de la oposición remarcaron los polémicos artículos que contiene la normativa, que queda a instancias de la Cámara de Diputados y donde todo indica que será sancionada sin más trámites.

El proyecto remitido por el MEF pide la autorización de emitir bonos o préstamos por USD 600 millones para el pago de deuda atrasada, sin el aval puntual del Congreso Nacional sobre la operación. Esta es una medida excepcional, ya que la colocación de bonos o créditos debe ser aprobada por el Poder Legislativo.

El proyecto también autoriza al Poder Ejecutivo a utilizar otros préstamos para cualquier objeto diferente a su fin autorizado por ley.

Incluso en el artículo 10, en el caso del Ministerio de Salud Pública de Bienestar Social, se autoriza el endeudamiento para pago de gastos corrientes (agua, luz, arrendamientos y otros gastos), exceptuando el grupo 100 de Servicios Personales, es decir, remuneraciones salariales.

El proyecto de ley suspende el inciso 5 del Art. 246 de la ley de Organización Administrativa y Financiera del Estado, que establece el fondeo de la Caja Fiscal con los sueldos que correspondan a empleos vacantes, empleados suspendidos o con licencia sin goce de sueldo. El MEF podrá así disponer de esos fondos.

Además, permite a la cartera económica proceder a la ampliación de los ingresos, gastos y financiamiento dentro del Presupuesto General de la Nación del corriente año, a los efectos de realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para la utilización de los recursos no comprometidos de préstamos y bonos que hayan sido aprobados por ley. Estas adecuaciones se podrán realizar sin autorización del Congreso y a plena potestad del MEF.

También podrá realizar las transferencias de créditos presupuestarios y cambio de fuente de financiamiento, de partidas de gastos de capital o de financiamiento a partidas de gastos corrientes.

Asimismo, el Poder Ejecutivo, mediante decreto, podrá incorporar en el Presupuesto General de la Nación la programación requerida para la ejecución de los recursos obtenidos del crédito público.

El Gobierno de Santiago Peña también podrá aceptar donaciones por decreto, sin ley del Congreso, como actualmente está establecido. Igualmente, da la facultad al Ministerio de Economía de disponer por decreto y a solicitar la ampliación de las transferencias de las Entidades Descentralizadas.

Aumenta las retenciones del 3% al 4% del precio de venta a los proveedores y contratistas del Estado, en concepto de anticipo del impuesto a la renta (retendrán el 40% del IRE al momento del cobro), con lo que se reduce la estimación de ingresos del 2024.

Finalmente, el proyecto es poco preciso en la duración de las excepciones. Sin bien se señala que estará vigente hasta el 31 de diciembre, también se menciona que se podrá incorporar modificaciones en el PGN del 2024.

El documento señala, además, que la cartera económica tendrá que reglamentar la normativa una vez que sea promulgada, lo que también fue cuestionado por los legisladores opositores.

En ese sentido, la senadora Kattya González señaló que existe un “ocultamiento flagrante” por parte del Ejecutivo. Se prevé que el proyecto sea tratado esta semana en Diputados.

PRINCIPALES ASPECTOS DEL PROYECTO

Préstamos para otros fines. Se autoriza a utilizar préstamos para otros objetos no establecidos en la ley.

Reprogramar PGN. Autoriza a realizar reprogramaciones y ampliaciones al PGN vigente.

Emisión de bonos . El Ministerio de Economía y Finanzas no necesitará de una ley específica para emitir bonos por USD 600 millones.

Transferencias intergubernamentales. El MEF podrá disponer que las empresas descentralizadas transfieran más recursos al Tesoro.

Retenciones del 3% al 4% del IRE. Aumenta las retenciones del 3% al 4% del precio de venta a los proveedores y contratistas del Estado, en concepto de anticipo del IRE.

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