22 dic. 2025

Fiscalía debe dictar si acusa o no en caso de desalojo a Sopeña

Se trata de una causa donde se investiga a una estructura de funcionarios judiciales y particulares que operaron de manera ilegal para apropiarse de una costosa propiedad colonial en Luque.

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La casona demolida pertenece a la quinta que fue del ex presidente José Patricio Guggiari. Foto Gentileza.

La Fiscalía General debe decidir si queda o no en la nada un caso de despojo de inmueble realizado con una sentencia, aparentemente falsa, de una valiosa propiedad en Luque. El caso se había iniciado en el 2021, luego de que Mariano Sopeña haya sido desalojado de una mansión que le dejó en herencia el padre. Se presume que detrás habría una red de corrupción.

Sopeña denunció que con varios pagarés falsos un hombre identificado como Santiago Denis quería sacarlo de la vivienda. Supuestamente, debía transferir la propiedad luego de un presunto negocio con pagarés y Mariano no habría cumplido con lo prometido, por ello se inició un juicio por obligación de hacer escritura pública.

Entonces, Sopeña contactó con la abogada Gilda Bordón, con quien inició una denuncia penal y se demostró que los pagarés eran falsos, sin embargo, Santiago Denis salió sobreseído. El caso lo llevó la fiscala Stella Mary Cano.

OTRA CAUSA. La orden de desalojo llegó el año pasado, y un abogado decidió rastrear la sentencia y descubrió que no había causa por obligación de hacer escritura pública, que permita el desalojo de la costosa propiedad colonial de más casi 5 hectáreas. Esta segunda causa la inició la fiscala María Estefanía González, por falsificación de sentencias.

La actuaria judicial Muriel Vera estaría involucrada y su propiedad fue allanada, donde encontraron que había sentencias judiciales en blanco, de secuestro de vehículos y otras causas civiles, donde solo quedaba cargar los datos, detalló el abogado Eduardo Bernal. Es más, también la primera abogada de Sopeña estaría involucrada.

La fiscala imputó a la actuaria Muriel Vera, su hermana María Vera, la abogada Gilda Bordón y a Ema Nilza Turo, una funcionaria electoral, a quien se le iba a transferir la propiedad.

Según la imputación, las encausadas formarían parte de “una estructura con la finalidad de despojar la propiedad a Mariano Sopeña, representante de la firma Formasa SA”.

Durante las investigaciones, se encontró que no existía la sentencia en la Dirección de Estadísticas del Poder Judicial, y que este fue arrimado después, siendo constatado que la resolución tenía ciertas diferencias a la arrimada a Registros Públicos, lo que hace presumir de que se intentó copiar y que en realidad no existiría, ya que tampoco aparece en el sistema electrónico, explicó el abogado Bernal.

La fiscala González finalmente sostuvo que no hay elementos en contra de las imputadas y pidió su sobreseimiento definitivo, explicando que se hicieron pericias caligráficas y que las sentencias no son falsas.

Sin embargo, la jueza Jennifer Insfrán se opuso a sobreseerlas y dio trámite de oposición, mandando el expediente a la Fiscalía General para que se ratifiquen en el pedido o en todo caso acusen.

“(La fiscala) pidió el sobreseimiento, a pesar de que la fiscala no hizo ninguna sola investigación, está plenamente demostrado que obligación de hacer escritura pública no existió”, sostuvo Bernal. Lo llamativo es que el caso dio un giro y el que termina siendo imputado es el propio denunciante, pero fue procesado por la primera causa de los pagarés falsos.

Según explicó la fiscala Cano, él le habría pedido a Denis a que le denuncie, para repartir su casa. Ante esta maniobra, Mariano obtuvo asilo en Brasil, porque alega no tener garantías en nuestro país.

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Diferencias. Las sentencias que aparecen en Registros Públicos y en Estadísticas tienen puntos que hacen dudar su credibilidad.

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