El agente Óscar Delfino explicó este viernes las circunstancias del accidente, que se cobró la vida del joven Rubén Nicolás Fernández Cañiza, quien fue impactado el 17 de enero de este 2020 a las 5.20 por una camioneta Hyundai, al mando de Mauricio Matías Gulino Lird.
El conductor del rodado fue imputado inicialmente por homicidio culposo y omisión de auxilio, pero solo bajo esta segunda figura se presentó acusación y en el hecho más grave se pidió su sobreseimiento, pese a que manejaba alcoholizado.
En ese sentido, el fiscal detalló que el perito de la Policía Nacional, Carlos Javier Rotela, señala en su informe que no existió responsabilidad del conductor y que al momento del percance el hombre circulaba a 59,07 kilómetros por hora, dentro de los límites de velocidad permitidos.
Además, indicó que el cruce peatonal se realizó en un lugar no habilitado, con baja luminosidad y de una forma intempestiva, que no dio espacio ni tiempo suficiente para que el conductor pueda frenar. El joven decidió cruzar corriendo, según consta en las imágenes de un circuito cerrado.
El agente contó que, tras el hecho, el conductor se dio a la fuga y posteriormente volvió al lugar para entregarse a las autoridades. Por ese hecho, se presentó acusación el pasado mes de setiembre.
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La familia lamentó el hecho y pide por todos los medios posibles justicia, ya que consideran que, según las cámaras de circuito cerrado, se puede demostrar que la velocidad con la que circulaba el hombre era excesiva, por lo que pidieron elevar la causa a juicio oral para que expertos puedan determinar la velocidad. Muchos internautas también se hicieron eco de este pedido.
Alcotest positivo
No obstante, uno de los hechos más cuestionables es que, al momento del percance, Gulino Lird dio positivo a la prueba de alcohol, con un resultado de 0,004 miligramos de alcohol por litro de aire respirado.
En ese sentido, Delfino alegó que de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia, de marzo del año 2019, conducir bajo los efectos del alcohol ya no es un delito, por lo que se excluyó la intervención del Ministerio Público por no ser delito y constituirse una falta administrativa.
El Ministerio Público anteriormente realizaba la investigación e imputación en los casos de alcotest positivo y aunque la ley dice que la Fiscalía solo puede actuar en casos de falta gravísima, la normativa tampoco establece qué graduación es gravísima y establece una sanción de hasta 2 años o multa.
En el 2019 se intentó una modificación de la ley, pero no tuvo avances porque la misma fue vetada por el Poder Ejecutivo.