La Cámara de Senadores dio el visto bueno al proyecto de ley que reglamenta los artículos constitucionales 146, 147, 148, 149, 150, 151 y 154, de la Nacionalidad, que exige haber aprobado el examen de uno de los idiomas oficiales, español o guaraní, e historia del Paraguay para obtener la nacionalidad paraguaya.
La propuesta de modificación a la reglamentación del artículo 148 de la Constitución Nacional fue presentada por el senador Paraguayo Cubas, y agrega un quinto requisito al extranjero que desee tener nacionalidad paraguaya.
El texto fue motivo de debate dentro del pleno, ya que otros legisladores lo consideraron discriminativo e inconstitucional.
El senador Juan Bartolomé Ramírez cuestionó que se exija el guaraní al extranjero para obtener la nacionalidad, siendo que muchos paraguayos no hablan el idioma guaraní. Mencionó que la modificación carece de igualdad y equidad.
Por su parte, el senador del Partido Liberal Radical Auténtico (PLRA) Eusebio Ramón Ayala sostuvo que los requerimientos ya están establecidos en la Constitución Nacional, por lo que el reglamento es contrario al artículo 148.
“Este artículo es inconstitucional, pido que se mantengan los requisitos establecidos en la Constitución Nacional”, señaló. Agregó que la exigencia del idioma y el conocimiento de historia deben formar parte de los requerimientos para la radicación definitiva.
De esta manera, el artículo 9 de la nacionalidad por naturalización establece que los extranjeros podrán obtener la nacionalidad paraguaya por naturalización si reúnen los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad.
- Radicación mínima de tres años en territorio nacional, contados a partir de la obtención de la radicación permanente del interesado y tener constituido un domicilio real.
- Ejercicio en el país de alguna profesión, oficio, ciencia, arte o industria.
- Tener buena conducta, definida en la ley.
- Haber aprobado el examen de conocimiento de uno de los idiomas oficiales: español o guaraní e historia del Paraguay.
El proyecto pasa a la Cámara de Diputados para su consideración.