06 jun. 2026

En el caso Marito, recusan a la jueza y plantean recursos

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Trabas. La jueza de Garantías, Cynthia Lovera, quien fue recusada por una de las defensas.

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En el caso donde está imputado el ex presidente de la República Mario Abdo Benítez, el abogado Emilio Fúster, defensa del ex ministro del Interior Arnaldo Giuzzio, recusó a la jueza Cynthia Lovera, por supuesta parcialidad y falta de independencia.

Además, todas las defensas de los procesados presentaron recursos de reposición con apelación en subsidio en contra de la resolución que admitió la imputación por parte de la magistrada.

Con ello, la causa queda trabada hasta tanto se resuelva primero la recusación, y luego los recursos promovidos por las partes. El caso quedó con serias dudas, luego de que salieran a la luz los chats entre el ahora ex fiscal de la causa Aldo Cantero, y el abogado Pedro Ovelar, representante del ex presidente Horacio Cartes Jara.

RECUSACIÓN. El abogado Emilio Fúster, defensor de Giuzzio, pide que se aparte la jueza Lovera porque supuestamente esta actuó para convalidar la imputación de los fiscales, pese a que no reunían los requisitos mínimos para su admisión.

Afirma que a esto se suman los chats que salieron a la luz donde se puede ver que existían conversaciones entre Cantero y Ovelar, sobre la forma en que se investigó y direccionó la causa para la imputación.

Además, alega que en los chats también se hace referencia a la jueza Lovera por una causa que era llevada por el estudio jurídico de Pedro Ovelar.

Cita el caso de Henning Engehausen, quien supuestamente estuvo prófugo diez años, y que Lovera le concedió el arresto domiciliario y posteriormente medidas menos gravosas.

Con ello, refiere que existe falta de independencia y parcialidad de la magistrada, por lo que solicita que sea apartada de la causa.

RECURSOS. Por otro lado, con respecto a los recursos de las defensas contra el fallo que admitió la imputación, hacen un análisis pormenorizado de cada punto.

Así, indican que ni siquiera cumplen con los requisitos mínimos. No responden al qué, quién, cómo, dónde, por qué y para qué, como lo exige la ley.

No se señala cuál es el secreto privado que le fue confiado, a quién se lo reveló o cuáles eran los secretos de servicio que reveló, y a qué persona los filtró. Dicen que el repetido escrito (al que llama adefesio jurídico) no responde a este cuestionamiento básico, dice la defensa.

Con relación a la denuncia falsa, se pregunta la defensa qué unidad fiscal o juez competente resolvió la desestimación de la denuncia formulada por Arnaldo Giuzzio, para determinar la falsedad.

También la defensa se pregunta cuál es la autoridad competente que resolvió con respecto a la simulación de hecho punible.

Sobre la asociación criminal, dice que “alegremente la Fiscalía afirma que no eran presidente, diputado ni ministros, en cumplimiento de sus funciones y en pleno ejercicio de una natural gestión de gobierno, sino una organización delictiva”.

Sobre usurpación de funciones públicas, dice que todos eran funcionarios y no se dice qué funciones usurparon. Pide revocar el fallo que admitió la imputación, y que se le dé el trámite de oposición para que se corrija el acta.

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