18 abr. 2026

El MIC alega que era inconstitucional el visado para exportar prendas

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Luis Alberto Castiglioni

El titular del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), Luis Alberto Castiglioni, defendió la derogación de la resolución Nº 234, la cual establecía la visación obligatoria, otorgada por la Asociación Industrial de Confeccionistas del Paraguay (AICP), a las exportaciones de prendas de la industria paraguaya, ya que considera que esta normativa era inconstitucional.

Pese a que la AICP denunció que sin esta visación la triangulación de prendas chinas aumentó en el último año, Castiglioni alegó que esta resolución ministerial dificultaba el comercio y la exportación, y que justamente por esta razón se constituyó un Consejo Nacional de Facilitación del Comercio.

“Ese decreto era una traba para facilitar el comercio, lo que introducía era un traba, ya que cargaba con una tasa inconstitucional a la industria que producen aquí textiles”, aseguró.

Dijo que con la derogación de la resolución lo que se hizo, además de facilitar la exportación, es sacar las tasas para que la producción de estas industrias sea más competitiva y se pueda exportar con mayor facilidad.

Por su parte, el viceministro de Comercio, Pedro Mancuello, señaló que en su momento dicha normativa fue consensuada con otros gremios y empresas que solicitaban la derogación de la resolución por generar un sobrecosto a las empresas paraguayas.

Recordó que se recibió varios pedidos de derogación considerando que la AICP es una organización privada, cuya intervención en las operaciones de exportación de confecciones encarecía las mismas, a más de ser un trámite burocrático innecesario y generaba un sobrecosto operativo percibido fuera de contexto legal, porque no estaba amparado por una ley.

Tasa abonada. Según el MIC, la AICP cobraba un monto mínimo de USD 20 de canon por una exportación de hasta USD 5.000, mientras que el monto máximo que cobraba era de USD 600 por una exportación de hasta USD 300.000 por emitir el visado necesario para el certificado de origen, el cual tiene un costo mínimo de 1 jornal por hasta USD 30.000 de exportación y hasta 7 jornales por exportación de más de USD 280.000.

Asimismo, mencionó que las funciones que cumplía dicha asociación fueron absorbidas por el Estado con la creación del Consorcio Ventanilla Única de Exportación (Convue) y la Ventanilla Única de Exportación (VUE).

Sobre las sospechas de triangulación de prendas, explicó que esto se trata de un delito y que si se tiene conocimiento de una empresa que cometa este delito debe ser denunciada.

Agregó que el mercado brasileño es muy estricto y que se necesita más que el cambio de etiquetado para permitir el ingreso de una prenda a su país.

De acuerdo con la Aicp, productos textiles de origen chino o brasileño ingresan al país para ser cambiados de etiqueta que hagan constar que se fabricaron en Paraguay para luego ser exportados a los países del Mercosur, con arancel cero.

Desde el Ministerio de Industria y Comercio argumentan que resolución establecía una tasa no contemplada por ley para emitir una visación de exportación a las empresas textiles.

600 USD era el máximo de tasa cobrada por la AICP por otorgar la visación de exportación hasta el año pasado.

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Textil. Denuncian aumento de triangulación de prendas.

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