11 may. 2025

El delito ya está tipificado y ajustan ley de datos personales

El diputado David Ocampos explicó que la Ley 4439/2011, que modifica la Ley 1160/97 de Código Penal, ya introduce las sanciones por el hurto y utilización sin autorización de datos informáticos privados, por lo que el delito ya está tipificado.

En su artículo 146 b, la ley explica que “el que sin autorización y violando sistemas de seguridad obtuviere para sí o para terceros el acceso a datos no destinados a él será castigado con pena privativa de libertad de hasta tres años o multa”. Son datos protegidos aquellos que se almacenan o transmiten electrónicamente, magnéticamente o de otra manera no visible.

También se castiga a quienes hicieron de cómplices y propiciaron claves de acceso para que terceros obtengan las informaciones protegidas. Los “facilitadores” pueden recibir multas o cárcel por dos años.

PROYECTO. Además de esta legislación, Ocampos está preparando el borrador de la ley de datos personales, cuyo fin será esclarecer, actualizar y clasificar qué informaciones privadas se podrán remitir a empresas y terceros.

Dijo que tiene previsto introducir el proyecto para su tratamiento dentro de un mes.