20 dic. 2025

Directores de bancada y comisiones serán personal de confianza

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Nueva ley. El Congreso sancionó ley del servicio civil y se aguarda la promulgación.

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La Cámara de Senadores sancionó ayer el proyecto de ley de la Función Pública y del Servicio Civil.

El senador Derlis Maidana explicó las modificaciones introducidas por diputados que terminaron siendo aprobadas.

En el artículo 102 que habla de los cargos de confianza, la modificación amplia a los personales de confianza y se incorpora a los directores y de comisiones de bancada de ambas cámaras del Congreso.

En el artículo 45 de la sindicalización, se establece que el proceso de elección de las autoridades del sindicato será fiscalizado por el Tribunal Superior de Justicia Electoral.

En el artículo 77 se testa un párrafo que menciona que el proceso de realizar un contrato en violación de los límites y alcances previstos en la ley para el empleo público incurrirá en falta grave o mal desempeño de funciones, y será pasible de sanción de destitución o remoción. El motivo obedece a que el artículo 14 incorpora a los empleados públicos definiendo no solo la nulidad del acto jurídico que disponga el ingreso indebido de los servidores públicos, sino que establece la responsabilidad civil, penal o administrativa que corresponderá a los responsables.

Se introdujeron varios ajustes que completan los marcos regulatorios vigentes en la Ley 2345/2023 y la Ley 4252/2010 de la pensión por invalidez, jubilación extraordinaria y del programa de retiro voluntario.

Establece los derechos del servidor público afectado en caso de que la junta médica concluya que el mismo padece enfermedad a enfermedad o un impedimento físico que torna impredecible contar con una fecha de reintegro a sus labores.

En el artículo 34 aclara el alcance de la restricción del traslado a otros organismos de funcionarios que se encuentran ocupando un puesto jerárquico.

Se adaptan también los procesos y parámetros de previa asignación de la categoría de profesional de la carrera que le corresponde al ser trasladado a otra entidad del Estado. En el artículo 35 se testa el párrafo que establece la indemnización por el hecho. Por último, se ajusta la vigencia y se define el plazo para 6 meses luego de la promulgación.

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