La Mesa Directiva de la Cámara de Diputados, presidida por el diputado Raúl Latorre, determinó conformar con 17 puntos el orden del día de la sesión ordinaria prevista para hoy a las 9:00, entre los que se destaca la iniciativa que busca incorporar al Código Penal Paraguayo, la “prisión permanente revisable”, en el marco de una política de “tolerancia cero contra la delincuencia, el crimen y la protección a la ciudadanía”.
El polémico proyecto tiene como objetivo principal “fortalecer la justicia penal frente a crímenes atroces, garantizando al mismo tiempo el respeto a los derechos humanos y la Constitución”, de acuerdo al proyectista, diputado Rubén Rubin.
En la exposición de motivos se subraya que la incorporación de la prisión permanente revisable es una “deuda histórica” con las víctimas y sus familias, los que han sufrido las consecuencias de delitos graves.
“Paraguay no puede seguir siendo el único país en la región donde los criminales duermen tranquilos y las víctimas no tienen paz”, afirma el documento, y destaca que la falta de una figura revisable ha permitido que las penas no reflejen la gravedad de ciertos crímenes.
Modificaciones propuestas. El proyecto introduce varios cambios significativos en el Código Penal, como el que establece una duración máxima de 90 años, con posibilidad de revisión a partir de los 50 años, según lo dispuesto en el artículo 38. En caso de rechazo, se podrá solicitar una nueva revisión cada dos años.
Homicidio doloso y dolo eventual. Se incorporan agravantes para casos de homicidio con saña, feminicidio, parricidio, sicariato, terrorismo y magnicidio, con penas que van de 50 a 90 años (artículo 105c). También se penaliza el homicidio por dolo eventual en contextos como conducción temeraria, mala praxis médica o irregularidades en la construcción y la industria química (artículo 105b).
Además, se endurecen las sanciones para delitos como coacción sexual, abuso sexual en menores, estupro, proxenetismo y pornografía infantil, con penas de hasta 90 años en casos graves (artículos 128, 129, 135, 137, 139, 140).
Se incrementan las penas para robos con violencia, armas de fuego o en banda, así como para casos con resultado de muerte o lesión grave (artículos 164 al 168).
Estafa. Se elevan las penas para estafas, incluyendo aquellas cometidas mediante sistemas informáticos, con sanciones de hasta 30 años (artículos 187 y 188).
La exposición de motivos enfatiza que la prisión permanente revisable es compatible con la Constitución paraguaya y los estándares internacionales de derechos humanos, ya que los condenados conservan el derecho a una revisión periódica de su pena, promoviendo la posibilidad de reinserción social.
“Esta característica diferencia al proyecto de medidas más severas que no contemplan revisión, asegurando un equilibrio entre justicia y humanidad”, es lo que se estipula en la iniciativa legislativa.