Además de la responsabilidad de Nenecho, la Fiscalía destaca que Cáceres, quien soporta una causa por enriquecimiento ilícito, fue clave para determinar la figura de asociación criminal y el esquema montado para la adjudicación de los productos.
Dentro de la causa N° 74/2021 “Óscar Andrés Rodríguez Quiñónez y otros s/ Lesión de confianza y otros”, conocida como el caso de los detergentes de oro, el Ministerio Público describe que Cáceres tuvo un papel decisivo como “persona ubicada estratégicamente en niveles altos y con incidencia en la toma de decisiones del grupo”, llegando incluso a ser considerado “causante de la existencia de la asociación criminal”, en un rol jerárquico propuesto por el entonces intendente Óscar Nenecho Rodríguez, señalado como instigador.
La acusación lo ubica como autor o cómplice de los delitos de “Lesión de confianza” y “Asociación criminal”, atribuyéndole la firma de certificados de disponibilidad presupuestaria y solicitudes de transferencia que facilitaron el desvío de fondos a proveedores adjudicados.
En este esquema, la Fiscalía sostiene que se ocasionó un daño patrimonial de G. 1.800 millones a la Municipalidad de Asunción, en el marco de dos contratos de compra de detergentes que fueron parte de las adquisiciones realizadas con fondos del objeto de gasto 831 durante la pandemia. Estos recursos, según la acusación, nunca se destinaron a los fines contratados, afectando el valor de los activos.
USO DE CHICANAS. Además de esta causa, Cáceres enfrenta un juicio por enriquecimiento ilícito y lavado de activos, en el que la Fiscalía sostiene que, junto con su esposa, Ruth Jazmín Da Silva Almirón, tuvo un “vertiginoso e injustificado incremento patrimonial” que alcanzó los G. 7.764 millones, presuntamente obtenidos de manera ilícita y posteriormente legitimados mediante maniobras de ocultamiento.
En este proceso, Cáceres fue acusado de utilizar chicanas procesales para dilatar la causa. A inicios de junio de este año suspendió su audiencia preliminar con recusaciones contra el juez Rodrigo Estigarribia y los fiscales Silvio Corbeta y Luis Piñánez.
Tanto la Fiscalía Adjunta como el Tribunal de Apelaciones rechazaron sus planteamientos y, finalmente, la Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible la apelación presentada por el ex jefe de Gabinete.
Con esa decisión, quedó vía libre para que el Juzgado fije una nueva fecha de audiencia preliminar, cuando se decidirá si Wilfrido Cáceres y su esposa enfrentan juicio oral. El juez Estigarribia, en su momento, había señalado que la recusación planteada por el acusado fue meramente dilatoria y “contraria al deber de buena fe procesal”, encuadrándose en el supuesto de “recusación manifiestamente infundada”.
FUERA DE ACUSACIÓN. De 21 imputados en la carpeta fiscal, se acusó a 16, entre los que no aparece Nidia Rosa López de González, quien era directora de Gestión y Reducción de Riesgos y Desastres (DGRRD) de la Municipalidad de Asunción y pasó de la Comuna a desempeñarse como directora general de la Dirección Nacional de Correos del Paraguay (Dinacopa). López fue señalada como quien tenía la titularidad de las cuentas y firmaba los cheques en favor de los proveedores de detergentes. En cambio, el que permanece en la causa como acusado sería Édgar Fabián Estigarribia Gavilán, también funcionario.