02 may. 2024

Decisión de Junta Municipal de CDE “tiene legalidad”, dice Ljubetic

La decisión de la Junta Municipal de nombrar a Celso Kelembu Miranda como el intendente de Ciudad del Este ante la renuncia de Sandra McLeod “tiene legalidad”, según el ex asesor del TSJE Carlos María Ljubetic. Sin embargo, se debe observar si se procedió correctamente en la convocatoria a sesión, destacó.

Celso Miranda.jpg
Celso Miranda, nuevo intendente de la Municipalidad de Ciudad del Este.

Foto: Archivo

Para el ex asesor del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) Carlos María Ljubetic, “corresponde legalmente” que, con mayoría simple, la Junta Municipal haya aceptado la renuncia de Sandra McLeod a la Intendencia de la Municipalidad de Ciudad del Este y, posteriormente, nombrara a un edil, en este caso Celso Kelembu Miranda, como nuevo jefe comunal.

No obstante, mencionó que es “discutible” la forma en que se realizó la sesión para el efecto, haciendo referencia al lugar en que se hizo y si la convocatoria cumple lo establecido en la Ley Orgánica Municipal, informó NoticiasPy.

La sesión extra realizada este lunes no fue convocada por el concejal Herminio Corvalán, quien era el presidente de la Junta, y solo acudieron siete de los 12 miembros de la Junta Municipal, adeptos al clan Zacarías.

Lea más en: Golpe en la Junta de CDE: 7 concejales eligen como intendente a Kelembu

“A primera vista, la decisión tiene legalidad con base en que se tomó a través del órgano correspondiente: que es la Junta Municipal, en mayoría. Eso es lo que la ley establece para determinar la aceptación de la renuncia de un intendente y también es lo que dicta la legislación con respecto a la designación de un nuevo intendente para que complete el mandato”, explicó Ljubetic.

Mencionó que para determinar si se procedió correctamente en la convocatoria se debe presentar una acción de nulidad de resolución de la Junta Municipal con base en dichos argumentos.

“También deben pedir una medida cautelar de inaplicabilidad de la resolución hasta tanto se juzgue la acción de nulidad para determinar si la convocatoria se adecua a la Ley Orgánica”, señaló.

Nota relacionada: ¿Quién es Celso Kelembu Miranda?

El ex asesor de TSJE comentó que resolver la acción de nulidad puede durar mucho tiempo, pero que de otorgarse la inaplicabilidad la designación de Kelembu quedaría en suspenso.

Sesión ilegal, califican opositores

Los ediles de Ciudad del Este Miguel Prieto (independiente), María Portillo, Teodoro Mercado (PLRA), Lilian González (colorada) y Herminio Corvalán (independiente) rechazaron totalmente la designación de Kelembu Miranda como jefe comunal de la ciudad y mencionaron que la sesión fue ilegal.

Lea más en: Grupo de concejales califica de atropello la elección de Kelembu

Miguel Prieto declaró que la minoría desconocía la sesión que se llevó a cabo fuera del recinto donde se desarrollan las reuniones de la Junta Municipal. Sostuvo que los concejales no reunían los ocho votos necesarios para realizar la asamblea en otro lugar.

El grupo otorga su respaldo a Herminio Corvalán, quien se desempeñaba como titular de la Junta. En su lugar fue elegido el colorado Juan Ángel Núñez, para que este convocara a la sesión extraordinaria en la que se dio el “golpe” en Ciudad del Este.

Lo que dice la Ley Orgánica Municipal

La Ley Orgánica Municipal, en su artículo 53, establece que en caso de ausencia, renuncia, inhabilitación o muerte del intendente, durante los dos últimos años de su periodo, el presidente de la Junta Municipal convocará a sesión para evaluar la situación.

También puede leer: Denuncian a Kelembu y concejales de CDE ante la Fiscalía

En caso de renuncia del jefe comunal, la normativa estipula que mediante el voto secreto de cada uno de los miembros del Legislativo municipal, será elegido de entre los mismos un nuevo intendente por el voto de la mayoría absoluta para completar el mandato.

Esto, dentro del plazo perentorio de treinta días siguientes al hecho que motivare la vacancia, hasta tanto el presidente de la Junta Municipal asumirá interinamente las funciones al frente de la Intendencia.

Asimismo, la citada ley, en su artículo 46, hace alusión a que de conformidad al artículo 185 de la Constitución Nacional, el cuórum legal se formará con la mitad más uno del total de la Junta. Aclara, también, que se entenderá por mayoría absoluta el cuórum legal.

Más contenido de esta sección
El titular del Centro de Empresarios del Transporte del Área Metropolitana (Cetrapam), César Ruíz Díaz, abordó la situación del transporte público y afirmó que el Gobierno, este y los anteriores, son los culpables del pésimo servicio que se ofrece a los usuarios.
El Partido Patria Querida (PPQ) informó que reclamará la banca ocupada por Orlando Penner en la Cámara de Senadores. El legislador decidió renunciar al partido político por el cual llegó a ocupar un lugar en el Congreso Nacional.
La fiscala Carina Serón dio detalles de la investigación del joven fallecido en el complejo deportivo Arrayanes de Asunción luego de una electrocución. Indicó que presentó un sobreseimiento provisional y habló sobre el interés de los procesados en llegar a un acuerdo indemnizatorio con la familia.
A seis meses de la desaparición del oficial Alexis Sosa, que fue arrastrado por el raudal, su padre, Isabelino Sosa, pide a la Justicia que castigue a los responsables. Apunta al intendente de Lambaré, Guido González, y al entonces comandante del Ejército, general César Moreno.
Ante el aumento de casos de robos de teléfonos y posterior vaciamiento de cuentas de las víctimas, Delitos Informáticos de la Policía Nacional explica cómo funciona este esquema para desbloquear los dispositivos y acceder a los pines de transacción.
Bomberos controlaron el incendio que afectó a un vehículo que se encontraba en una playa de autos en la zona norte de Fernando de la Mora. Según testigos, desconocidos provocaron el siniestro utilizando una botella con un producto inflamable.