13 jul. 2025

Corte rechaza recusación y aclaratoria de Víctor Bogado

Irá al exterior. Víctor Bogado, cuando planteó las recusaciones de los camaristas.

Irá al exterior. Víctor Bogado, cuando planteó las recusaciones de los camaristas.

La Corte rechazó las recusaciones y aclaratorias planteadas por el ex senador Víctor Bogado y Gabriela Quintana, con lo que las condenas por cobro indebido de honorarios, finalmente quedan firmes y deben cumplirse.

Sin embargo, el abogado defensor, Óscar Germán Latorre, explicó que recurrirá “a la Corte Interamericana de Derechos Humanos debido a que se agotaron las instancias internas en nuestro país”. En realidad, la demanda se hace primero ante la Comisión Interamericana.

En la Sala Penal, los ministros Manuel Ramírez Candia y Miryam Peña, a más del camarista Gustavo Santander, declararon inadmisible la recusación que promovió la defensa.

Ramírez y Peña dicen que la recusación no cumple con los presupuestos formales, ya que no presentan pruebas. Además, el ministro dice que la ley señala que no puede ser recusado por los mismos motivos.

Por su parte, Santander sale en disidencia, ya que entiende que la recusación debe ser tramitada, y no resuelta por los mismos recusantes.

ACLARATORIAS. Con respecto a las aclaratorias, la Sala Penal declara admisible la aclaratoria, pero la rechaza.

Esto, porque dice que con el recurso de aclaratoria no se puede modificar la decisión, sino que solo están para corregir errores, o agregar lo omitido, si es que hay expresiones oscuras a ser aclaradas.

En este caso, dice que Bogado cuestiona la competencia del camarista Gustavo Santander y pide la nulidad del fallo, cuando que el mismo ya resolvió una seguidilla de incidentes planteados por las defensas por lo que mal podría ahora tacharse de irregular su intervención.

Además, apunta que la falta de estudio de los planteamientos de la defensa se dio porque el recurso no cumplió con los requisitos legales para ser estudiada.

Con ello, rechaza la aclaratoria planteada por la defensa de Bogado.

Con relación a la aclaratoria promovida por la defensa de Gabriela Quintana, la Corte refiere que hay que rechazarla.

Repiten el argumento de que lo solicitado por la misma no son cuestiones a ser resueltas por la aclaratoria.

Remarca que el agravio de la defensa es que no se estudiaron la prescripción ni la extinción de la acción penal.

Sin embargo, afirman los ministros que cuando el recurso que se planteó no cumplió con los requisitos formales, ya no puede ser analizado.

Así, queda firme las condenas de un año de cárcel para Bogado y de un año y medio de encierro para Quintana, aunque las condenas fueron suspendidas a prueba por el Tribunal de Sentencia.