03 ene. 2026

Corte rechaza casación de Tuma contra multa por críticas a juez

La Sala Penal de la Corte, en solo 7 días, ya rechazó el recurso extraordinario de casación promovido por el abogado Óscar Tuma en contra de la multa que le aplicaron por las críticas en redes sociales al juez Osmar Legal. Dice que no es la vía.

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Rechazado. En 7 días, la Corte rechazó la casación del abogado Óscar Tuma.

Foto: Archivo ÚH.

En forma unánime, los ministros Carolina Llanes, Luis María Benítez Riera y Manuel Ramírez Candia declararon inadmisible el recurso extraordinario de casación promovido por el abogado Óscar Tuma en contra de la resolución del Tribunal de Apelación, que ratificó su declaración de litigante de mala fe y redujo la multa por las críticas al juez en redes sociales.

Óscar Tuma, representante de Alexandre Rodrigues Gomes, hijo del fallecido diputado Eulalio Gomes en la causa por lavado de dinero y asociación criminal, había sido sancionado el 18 de diciembre del 2024, por lo que apeló el fallo.

El Tribunal de Apelación Especializado, el pasado 20 de junio, ratificó la declaración de litigante de mala fe y redujo la multa de 50 a 30 jornales, equivalentes a G. 3.228.750, por sus críticas injuriosas contra el juez Osmar Legal, conforme con el fallo.

El profesional fue notificado el 23 de junio de la resolución del Tribunal de Apelación Penal, por lo que el 26 de junio pasado ya planteó la casación ante la Sala Penal. Ayer, 3 de julio, a 7 días de su presentación, la Corte resolvió el caso.

Explican los ministros que “la presentación aducida no cumple las disposiciones de forma, dado que la resolución recurrida no es objetivamente impugnable por esta vía”.

Remarcan que “a misma no tiene el efecto ni la virtualidad de poner fin al procedimiento, extinguir la acción o la pena, o denegar la extinción, conmutación o suspensión de la pena”.

De esta manera, declaran inadmisible para su estudio el recurso extraordinario de casación planteado contra el fallo del 20 de junio pasado.

Tuma anunció que presentará una acción de inconstitucionalidad contra los fallos que lo sancionaron ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema.

Desde la notificación, aún tiene el plazo de 9 días para plantear la acción contra los fallos, aunque podrían señalar que ya recurrió la resolución ante la Sala Penal.

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