21 abr. 2026

Corte deja firmes dos condenas por megaevasión y deben devolver unos G. 679 millones

La Sala Penal de la Corte rechazó las casaciones interpuestas por dos de los varios condenados por la megaevasión de aproximadamente G. 1,6 billones mediante facturas falsas. En la causa fueron procesadas unas 75 personas. En este caso, ambos recibieron penas de un año de prisión, con suspensión de la ejecución de la condena, y deberán devolver cerca de G. 679 millones en el plazo de un año a la actual Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).

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Condena. La jueza Clara Ruiz Díaz había condenado en el procedimiento abreviado a los dos procesados.

Foto. Archivo ÚH.

La casación fue presentada por los condenados Benicia Chaparro Martínez y Eulalio Gómez, quienes habían sido condenados en un procedimiento abreviado a un año de cárcel con la suspensión de la ejecución de la condena.

El proceso tiene que ver con la megaevasión que denunció la Subsecretaría de Estado de Tributación en Ciudad del Este en el 2017, donde se había procesado a 75 personas. Se había detectado la utilización de facturas falsas por un monto total de G.1.602.837.350.819 (un billón seiscientos dos mil ochocientos treinta y siete millones trescientos cincuenta mil ochocientos diecinueve). Hubo varios condenados en la causa.

Fue fallo dividido por los ministros Manuel Ramírez Candia, Carolina Llanes y Alberto Martínez Simón, quienes declararon inadmisible el recurso planteado por el abogado Jorge Ortiz, en representación de los condenados.

En el caso, la jueza Clara Ruiz Díaz, el 17 de agosto de 2023, condenó a Chaparro y a Gómez, en procedimiento abreviado, a la pena de un año de cárcel, por producción de documentos no auténticos.

Además, suspendió la ejecución de la pena para Benicia Chaparro con el compromiso de pagar G. 259.627.271, en 12 cuotas mensuales de G. 21.635.000 por el plazo de un año ante la SET.

Respecto a Eulalio Gómez, este debía abonar la suma de G. 419.590.910, pagaderos en 12 cuotas mensuales de G. 34.965.909 por el plazo de un año ante la SET. En total, los dos condenados debían devolver al Fisco, la suma de G. 679.218.181, en el plazo de un año, según la resolución.

Lea más: Fiscalía imputa a 75 personas por caso de megaevasión de impuestos

Esto fue apelado, y el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala, el 18 de noviembre de 2024, ratificó el fallo. Es contra este último fallo que la defensa planteó recurso extraordinario de casación.

Según la defensa, planteó el procedimiento abreviado y la Fiscalía se allanó, pero “no se definieron las reglas de conducta a ser aplicadas, ni tampoco se explicó a sus defendidos en qué consistirían en la audiencia preliminar, y que a su parecer, sorpresivamente fueron impuestas las reglas por el Juzgado Penal de Garantías”.

Alega que los montos aplicados son de cumplimiento imposibles debido a la escasa capacidad económica de sus defendidos, para el “pago exagerado del monto establecido en las reglas de conducta” y que se impuso sin tener en cuenta su capacidad económica.

Para el ministro Ramírez Candia, correspondía declarar admisible el recurso, ya que la defensa explicaba bien todos los puntos de sus agravios.

Sin embargo, para los ministros Carolina Llanes y Martínez Simón, el recurso no fue fundado adecuadamente, por lo que debía ser declarado inadmisible para su estudio.

Con esto, quedó firme la condena contra los dos procesados y la suspensión aplicada, donde se les obliga a devolver dichos sumas de dinero.

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