La resolución que rechazó el amparo contra el Ministerio de Obras Públicas y contra Ferrocarriles del Paraguay SA (Fepasa), por el tren de cercanías, fue confirmada por el Tribunal de Apelación Penal, Segunda Sala. Ahora, solo les queda acudir a la Corte Suprema.
Fue fallo de los camaristas Delio Vera, José Agustín Fernández y Bibiana Benítez Faría, quienes ratificaron la resolución dictada el 31 de enero pasado por la jueza de Garantías, Cynthia Paola Lovera.
El amparo había sido presentado por el abogado Guillermo Fernández, en representación de varias personas, a raíz de las declaraciones del presidente de la República, así como de la ministra de Obras Públicas, y del presidente de la Fepasa.
Las declaraciones referían que los ocupantes precarios de los terrenos que estaban cerca de las vías del tren habían sido desalojados, y que los próximos iban a ser los accionantes del amparo constitucional.
Sin embargo, los jueces señalaron que no se dan las condiciones para el amparo constitucional, ya que no existe ningún tipo de actos de las autoridades, sino que fueron declaraciones publicadas en los medios de comunicación.
Además, si bien se trataría del derecho a la propiedad privada, los accionantes atacan indirectamente lo que se conoce como el “tren de cercanías”, por lo que aclaran que el amparo no puede ser promovido contra leyes.
Con ello, el camarista José Agustín Fernández vota por ratificar la resolución.
Por su parte, su colega Bibiana Benítez sostiene que ni siquiera se hubiera dado trámite al amparo, ya que no se daban las mínimas condiciones para su rechazo in límine. Vota porque se apliquen costas en ambas instancias a los accionantes. Delio Vera vota por ratificar la resolución, y que se impongan las costas, con lo que deberán pagar los costos del juicio.