El hijo de Dolores López, de 3 meses, tuvo que ser internado por un cuadro de bronquiolitis. Para el fiscal Jalil Rachid no era necesaria la presencia del niño. En el comunicado, CDIA manifestó que la Fiscalía “omite en sus procedimientos, argumentaciones y declaraciones ante la prensa, la correcta aplicación del Código de la Niñez y Adolescencia vigente...”.
En ese sentido, violó los DDHH del niño “en estado de salud grave, pretendiendo judicializar dicha situación”. Argumentó que el agente debió velar por el cumplimiento de las leyes y el pleno ejercicio de derechos.
La organización no gubernamental recordó que “en toda situación grave debe prevalecer el vínculo con el padre y la madre del niño afectado de una dolencia”. Para la CDIA, este es un caso “paradigmático” por la manera en que son tratados los casos de salud en términos judiciales.
Hay que recordar que las madres Dolores López y Fany Paredes estuvieron en prisión durante algunos meses de su embarazo. Semanas antes de que dieran a luz fueron beneficiadas con la prisión domiciliaria.
CDIA afirmó que el interés superior del niño “debe ser garantizado por las diversas instituciones de los tres Poderes del Estado”. Además citó el artículo 24 de la Convención de Derechos del Niño que establece que “los Estados partes se esforzarán por asegurar que ningún niño sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios”.