En este caso, los camaristas Carlos Ortiz, Arnulfo Arias y Emiliano Rolón confirmaron la resolución del juez Penal de Garantías Yoan Paúl López, quien había rechazado el incidente de nulidad contra el acta de imputación planteado por la defensa los imputados.
El Tribunal de Alzada no dio lugar la excepción de falta de acción por prescripción de la sanción penal en el hecho punible de declaración falsa que había apelado la defensa del parlamentario.
No prescribió. En su momento, magistrado penal de garantías, López había dicho que se rechazó el incidente por prescripción del hecho de declaración falsa, ya que el caso en sí aún no prescribió, ya que los seis años necesarios para la prescripción de la declaración falsa, aún no transcurrieron.
“Tres años es el marco penal de la declaración falsa y para que opere la prescripción debe pasar el doble, o sea seis años, entonces tomando consideración en las fechas que visualizamos en la que se presentó la declaración falsa, constatamos que el caso aún no prescribió”, señaló.
Según el juez, la primera declaración jurada se realizó en el año 2013, sin embargo en el 2014 y 2018 se volvieron a declarar, con un pago que estaba pendiente para las ganancias de Miguel López y es a partir de este año debe regir el marco penal para hablar de prescripción.
Hasta el momento, la resolución de la Cámara de Apelaciones, Cuarta Sala, aún no bajó hasta el despacho del juez Penal de Garantías para que fije la audiencia de imposición de medidas para los mencionados.
Proceso. El hijo del diputado, Enzo Cuevas, está procesado por enriquecimiento ilícito y tráfico de influencias, mientras que la esposa del legislador Nancy Florentín, por cobro indebido de honorarios y uso de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso.
La otra procesada es Gricelda Beatriz Duarte, quien fue procesada por cobro indebido de honorarios, expedición de certificados sobre méritos y servicios de contenido falso.
En el caso de los familiares del diputado, el fiscal Luis Piñánez debe presentar su requerimiento conclusivo el 1 de febrero del 2020.
Según la investigación, la familia no puede justificar G. 1.700 millones.
Para el fiscal de la causa, Luis Piñanez, existen indicios en cuanto a las conductas punibles de Cuevas y sus allegados.
“En relación al hecho punible de enriquecimiento ilícito, tras un análisis financiero de egresos e ingresos entre los últimos 10 años (de Miguel Cuevas), existe un perjuicio de aproximadamente G. 1.700 millones”, había señalado en su momento el representante del Ministerio Público.
En el caso de las otras tres personas implicadas en la causa, además de Miguel Cuevas, la Fiscalía solicitó medidas alternativas a la prisión preventiva para los otros investigados.
Recién para febrero del año 2020 los procesados en el mencionado caso estarían citados para la audiencia de imposición de medidas ante el mencionado juez penal de garantías.