21 oct. 2025

BCP prohíbe contratos irrevocables para débitos automáticos en sector financiero

El reglamento para el cobro de comisiones y penalidades en el sector financiero volvió a actualizarse y, esta vez, los cambios se enfocan mayormente en el servicio de débito automático para proteger a los clientes.

Pagos electrónicos

Los débitos automáticos se podrán cancelar cuando el cliente lo precise.

El Banco Central del Paraguay (BCP) anunció una nueva actualización del Reglamento de Transparencia y Criterios Mínimos para el Cobro de Comisiones, Gastos y Penalidades en el Sector Financiero, con el objetivo de fortalecer la protección a los usuarios y adaptarse a la evolución del mercado.

La banca matriz recordó que el reglamento fue emitido por primera vez en el año 2015, mientras que ya fue modificado en el 2016, 2019 y, por último, el año pasado.

Según explicó la institución, esta nueva versión del 2025 “tiene por objeto establecer normas de transparencia informativa relacionadas con las exigencias mínimas y los criterios que deberán cumplir las entidades supervisadas para el cobro de las comisiones, gastos y penalidades asociados a los productos ofertados por estas”.

Entre los cambios más destacados está “la prohibición de incluir cláusulas de irrevocabilidad de los débitos automáticos”, con lo que quedan prohibidos los contratos que establecen que, pese a que un usuario quiera dejar de prescindir de un servicio o ya no lo pueda utilizar, se le siga descontando mes a mes de forma automática hasta completar el periodo acordado.

En segundo lugar está “la posibilidad de que el cliente pueda solicitar la suspensión o revocación del débito automático en cualquier momento”, lo que está directamente vinculado con la anterior disposición.

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El ente regulador también implementó nuevas obligaciones para las entidades financieras en materia de créditos, como la exigencia de incluir un número identificador único en todas las operaciones, que debe aparecer en los documentos vinculados, “inclusive en los pagarés”.

Además, se incorpora “la obligación de que las entidades supervisadas establezcan mecanismos de cancelación de documentos originadores de la operación (pagarés), una vez liquidada la operación de crédito”. Esto busca dar mayor seguridad al usuario, garantizando que no queden documentos pendientes que puedan dar lugar a reclamos indebidos o riesgos legales posteriores.

La actualización del marco normativo se realiza en el marco del proceso de mejora continua, con el fin de adaptar la regulación a la dinámica del mercado y de los servicios financieros en el país, según destacó la banca pública. “Con este ajuste del marco normativo vigente, el Banco Central fortalece la transparencia y la protección al usuario financiero en Paraguay”, concluyó.

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