Con este documento, ciertos aspectos regulatorios aplicados a los créditos para la vivienda incentivarán la oferta de dichos productos por parte de las entidades financieras y contribuirán a la inclusión financiera de sus beneficiarios, expresaron desde el BCP. Precisamente, entre los ajustes a la clasificación de estos créditos, se ha establecido que tendrán Categoría II, con 0,10 de ponderación para la determinación de indicadores de solvencia patrimonial, es decir, como activos representarán un menor nivel de riesgo para las entidades. Asimismo, en casos de refinanciación o reestructuración, el pago requerido de la deuda baja de 25% a 10% más otros cargos, a la par de la mejora de la categoría del cliente.
“Además de promover la eficacia, estabilidad, integridad y solvencia de las entidades supervisadas, el BCP puede, igualmente, adoptar medidas orientadas a coadyuvar al desarrollo y fomento de políticas públicas, a fin de promover ciertos sectores de la economía. Es en ese sentido que esta norma tiene como objetivo contribuir con las políticas públicas orientadas a facilitar la provisión de una mejor calidad de vida a la población, en este caso, a través del acceso a la casa propia”, señala un comunicado emitido por el Central.
Según marcan las estadísticas, los créditos de vivienda en el segmento bancario representan un monto de G. 6,35 billones (alrededor de USD 852 millones al cambio actual), al cierre de octubre, lo cual representa un nivel histórico. La amplia mayoría de estas operaciones se concretan en moneda local, mientras que alrededor de USD 70 millones se concretaron en moneda extranjera.