Los ministros del Tribunal votaron por unanimidad la sentencia. El documento señala que la Carta Magna no admite la reelección en ningún caso, por lo que Lugo no puede ser candidato.
El asesor de la Justicia Electoral, Luis Alberto Mauro, explicó que en términos actuales Fernando Lugo no puede ser candidato a presidente ya que la Constitución no lo permite y que la única vía es la reforma de la Carta Magna.
“Lo que la resolución expresa es que Fernando Lugo no puede ser candidato a la Presidencia de la República porque la Constitución —así como está— no lo permite. Por lo tanto, lo que él realiza ahora es una campaña engañosa”, dijo a ULTIMAHORA.COM.
Mauro aclaró que la resolución del Tribunal no emite ninguna opinión ni dictamen sobre si es válida la enmienda o reforma para modificar la Carta Magna.
De esta manera, el TSJE hace lugar a la demanda presentada por la ANR por propaganda prohibida en contra de Lugo Méndez.
El documento dado a conocer en la tarde de este viernes por los miembros del Tribunal también señala que, de acuerdo al ordenamiento jurídico constitucional y electoral, la candidatura de Fernando Lugo no puede correr de cara a la prescripción del artículo 229 de la ley suprema. Explica también que el control constitucional corresponde que lo realice la Corte Suprema de Justicia.