“Creo que vamos a solucionar antes de que llegue a fin de mes”, expresó sobre el tema en radio Monumental AM.
En ese sentido, el titular del gremio de transportistas cree que se va a postergar la aplicación del impuesto a los colectiveros, que sería del 10% sobre sus ingresos por la prestación del servicio.
César Ruíz Díaz explicó que este régimen de gravamen rige desde 1996, donde se reconocía que la presión tributaria podría distorsionar el precio del pasaje. Por ese motivo, se quedó como un “régimen de presunto”.
Señaló que no hay condiciones de llevar eso a un régimen general y cargar con un costo mayor para el pasajero.
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) informó que desde el 1 de enero de este año entró en vigencia el Decreto 4292/15, el cual establece que las empresas de transporte público deben tributar en concepto del IVA.
Para el empresariado, la tarifa está “en perfecto equilibrio y armonía con la información con que se cuenta”.
Señaló que actualmente los datos que se tienen son empíricos, proyecciones, suposiciones. “Esto va a cambiar el día que sea implementado el billetaje electrónico”, añadió.
Los transportistas entienden que como el IVA es un impuesto indirecto, el pago del mismo recae sobre el consumidor final, que en el caso del servicio de ómnibus es el pasajero.
De acuerdo con el viceministro de Transporte, Agustín Encina, es potestad del presidente Horacio Cartes mantener la suspensión del gravamen, pero afirmó que el Gobierno no subirá nuevamente el costo del pasaje.
Es así que este sería el segundo aplazamiento que se concede al sector del transporte público. Según el Decreto 4292/15, el IVA a los colectiveros ya debía regir desde enero del 2017; sin embargo, mediante el Decreto 6733/17 se aplazó su vigencia hasta enero de este año, tras pedidos de Cetrapam y Ucetrama.