La denuncia contra el acusado, en su momento, fue formulada por Eugenia Irma Ruiz de Mendoza, quien aseguraba que entregó joyas por valor de USD 15.000 al padre Robadín para venderlas, además de G. 1 millón, pero que este nunca le dio el dinero.
Otazú sostiene en la acusación que los medios de convicción obtenidos por el Ministerio Público en la etapa probatoria proporcionan consistentes elementos para el enjuiciamiento público de Robadín.
En su escrito agrega que “las probanzas colectadas devienen idóneas para la comprobación de los hechos investigados, su adecuación típica y la participación del acusado en la consumación de los hechos”, según indicaron desde la Fiscalía.
Los antecedentes del caso señalan que el 23 de octubre de 2012 la denunciante entregó a Robadín unas joyas de colección, para que este las vendiera porque la señora necesitaba el dinero debido a que su madre padecía una enfermedad que requería de internación hospitalaria prolongada y la quería trasladar del IPS a un sanatorio privado. La señora entregó una cadena con dije, un par de aros y una pulsera tipo esclava.
La fiscal Otazú sostiene que el imputado se aprovechó de la confianza que gozaba dentro de la familia de la víctima, retiró las joyas para ser vendidas en un principio por USD 15.000, para finalmente comprometerse a abonar USD 25.000 en un documento suscrito por Robadín. Aníbal Mendoza, hijo de la denunciante, grabó con su celular el momento en el que el acusado recibía las joyas.