El Tribunal rechazó el pedido de medidas alternativas a la prisión solicitado por la defensa de Denilso Sánchez Garcete, hermano del diputado suplente por la ANR, Carlos Sánchez, y de Ardonio Sánchez, imputados por lavado de dinero.
El camarista Emiliano Rolón Fernández, a cuya opinión se adhirió Arnulfo Arias, explicó que la resolución por la cual se decretó la prisión preventiva de Denilso no fue impugnada, “por lo cual es inapropiado, en esta estación procesal volver a analizar las condiciones de su procedencia”.
De la misma forma explicó que “a través de un argumento probatorio eficaz” debió contrarrestar la hipótesis fáctica que tuvo en cuenta el juzgador al momento de ordenar la prisión, razón suficiente para mantener esa decisión, informó judiciales.net.
Según José Agustín Fernández sí correspondía revocarle la prisión preventiva a “Chicharõcito” e imponerle medidas sustitutivas a la prisión.
El juez penal de garantías Humberto Otazú, en su resolución expresa que se debe tener en cuenta que de ser cierto el hecho que se le imputa a Denilso, la expectativa de pena es elevada. El magistrado fundó la ratificación de la prisión en que siguen latentes el peligro de obstrucción a la investigación y de fuga, causales que motivaron la prisión preventiva.
En el acta de imputación figura que a través del lavado de dinero “se habrían blanqueado capitales provenientes del narcotráfico”, por eso el hecho se vuelve realmente grave.
Denilso Sánchez ya estaba recluido en Tacumbú, sin posibilidad de obtener la reclusión domiciliaria debido a que fue declarado en rebeldía.