08 may. 2024

Plantean comisión bicameral de ejecución presupuestaria

Un proyecto de ley por medio del cual se pretende la creación de una comisión bicameral de monitoreo y evaluación de la ejecución del Presupuesto General de la Nación (PGN) fue presentado por el diputado colorado Mario Cáceres.

Salida.  Mario Cáceres (d) plantea una nueva bicameral.

El diputado colorado Mario Cáceres (d) explicó sobre el nombramiento de más de 1.000 funcionarios. Foto: Archivo ÚH

Sin embargo, esta iniciativa plantearía funciones que le corresponden a la Contraloría, incluso a la Auditoria del Poder Ejecutivo.

El artículo 2º del proyecto establece que la comisión tiene como objetivo el monitoreo y evaluación permanente de la ejecución del PGN, los gastos realizados por las entidades binacionales en el marco de la responsabilidad social y las transferencias realizadas desde el Tesoro Nacional a los gobiernos municipales.

En ese sentido, en un análisis de los alcances del proyecto, se puede concluir que su objetivo central es atribuir al Congreso una función de supervisión proactiva de la ejecución presupuestaria. Sin embargo, se debe señalar que esta idea colisiona con el artículo 283 inc. 2) de la Carta Magna que confiere expresamente esta función a la Contraloría General de la República.

La disposición constitucional mencionada establece de manera expresa: “Son deberes y atribuciones del contralor, “el control de la ejecución y de la liquidación del Presupuesto General de la Nación”. Entonces, si el Congreso aprueba un proyecto de esta naturaleza, violaría el principio general establecido en el artículo 3 de la Carta Magna que establece que el Gobierno es ejercido por los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, en un sistema de independencia, equilibrio, coordinación y recíproco control.

Ninguno de estos poderes puede atribuirse ni otorgar a otro ni a persona alguna, individual o colectiva, facultades extraordinarias o la suma del poder público.

Otro aspecto a ser tenido en cuenta con respecto a este proyecto es que el reglamento interno de la Cámara de Diputados instituye a la Comisión de Cuentas y Control atribuciones específicas en la materia, por lo que una creación como la pretendida contraría claramente las funciones, e incluso la existencia, de dicha comisión.

Asimismo, cabe señalar que este tipo de comisiones intra Congreso no deben ser constituidas por ley, sino por resoluciones de cada cámara.

De igual manera, el artículo 202 de la Constitución Nacional establece que el Congreso tiene el deber y la atribución de aprobar o rechazar la justificación de los ingresos y egresos de las finanzas públicas sobres la ejecución presupuestaria.

Más contenido de esta sección
Las ventas al público en los comercios pyme de Argentina cayeron un 25,5% interanual en febrero pasado, golpeadas por la pérdida de poder adquisitivo de los consumidores a causa de la elevadísima inflación, y acumulan un declive del 27% en el primer bimestre del año, según un informe sectorial difundido este domingo.
El mandatario decidió crear el fondo nacional de alimentación escolar esperando un apoyo total, pues quién se animaría a rechazar un plato de comida para el 100% de los niños escolarizados en el país durante todo el año.
Un gran alivio produjo en los usuarios la noticia de la rescisión del contrato con la empresa Parxin y que inmediatamente se iniciaría el proceso de término de la concesión del estacionamiento tarifado en la ciudad de Asunción. La suspensión no debe ser un elemento de distracción, que nos lleve a olvidar la vergonzosa improvisación con la que se administra la capital; así como tampoco el hecho de que la administración municipal carece de un plan para resolver el tránsito y para dar alternativas de movilidad para la ciudadanía.
Sin educación no habrá un Paraguay con desarrollo, bienestar e igualdad. Por esto, cuando se reclama y exige transparencia absoluta en la gestión de los recursos para la educación, como es el caso de los fondos que provienen de la compensación por la cesión de energía de Itaipú, se trata de una legítima preocupación. Después de más de una década los resultados de la administración del Fonacide son negativos, así como también resalta en esta línea la falta de confianza de la ciudadanía respecto a la gestión de los millonarios recursos.
En el Paraguay, pareciera que los tribunales de sentencia tienen prohibido absolver a los acusados, por lo menos en algunos casos mediáticos. Y, si acaso algunos jueces tienen la osadía de hacerlo, la misma Corte Suprema los manda al frezzer, sacándolos de los juicios más sonados.
Con la impunidad de siempre, de toda la vida, el senador colorado en situación de retiro, Kalé Galaverna dijo el otro día: “Si los políticos no conseguimos cargos para familiares o amigos, somos considerados inútiles. En mi vida política, he conseguido unos cinco mil a seis mil cargos en el Estado...”. El político había justificado así la cuestión del nepotismo, el tema del momento.