16 jun. 2025

MSP da vía libre para importación de dos frascos de aceite de marihuana

El producto se traerá bajo la figura del uso compasivo. La consideración especial se hace para un paciente de 15 años que padece epilepsia, alegando que el tratamiento convencional no tiene efecto.

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El Ministerio de Salud Pública (MSP) dio el visto bueno para importar dos frascos de aceite de cannabis RSHO Liquid Blue para un paciente de 15 años, que fue diagnosticado con un trastorno del espectro autista y padece síndrome de Lennox-Gastaut, considerado como un tipo raro de epilepsia.

El médico y familiares alegan que el tratamiento convencional no tiene efecto, por lo que solicitaron al Ministerio de Salud Pública realizar la importación del aceite de cannabis para tratar la enfermedad.

El ministro de Salud, Antonio Barrios, explicó que la autorización se da de manera excepcional, por pedido médico y bajo la exclusiva responsabilidad de los padres.

La importación se realizará bajo la figura del uso compasivo. La responsabilidad del uso recae sobre los familiares y médicos tratantes.

La autorización se enmarca en la Ley 1119/97 y en la resolución del Mercosur/GMC/RES N° 66/00 de “Control de entrada y salida de estupefacientes y sustancias sicotrópicas para uso en casos especiales/Uso compasivo de medicamentos en pacientes”.

La importación excepcional es una consideración especial que se utiliza luego de que el tratamiento médico con los fármacos existentes en el mercado local no surte efecto y se recurre a un método empleado en otros países, haciendo énfasis en que el médico es el único responsable de este procedimiento, con la venia de los padres, refiere un comunicado de la cartera sanitaria.

Sin registro local. El registro sanitario del producto aún no fue solicitado por ninguna empresa en el país, por lo tanto no se cuenta con datos fiables para la autorización del aceite y su comercialización, explicó el ministro Barrios.

El aceite se usa para tratar convulsiones que no pueden ser controladas por la terapéutica normal, señaló.

La importación se realizará luego de llenar las certificaciones pertinentes exigidas por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud.

RESTRICCIONES. En el país está prohibido cultivar, sembrar o cosechar marihuana, según lo estipula la Ley 1340 “Que modifica y actualiza la Ley 357/72 que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas y otros delitos afines y establece medidas de prevención y recuperación de farmacodependientes”. La pena es hasta 20 años de prisión. Por otra parte, la legislación permite tener solo hasta 10 gramos para su consumo por persona.

Un proyecto de ley plantea que cada persona pueda tener hasta 30 plantas de cannabis por año. La propuesta está actualmente en estudio de comisiones en la Cámara de Diputados y fue presentada por el diputado Víctor Ríos.

Teniendo en cuenta los efectos terapéuticos que se destacan del uso de la marihuana, los familiares de pacientes con enfermedades crónicas abogan por la liberación de la planta. En la fanpage del Facebook denominada Quiero ser legal se debate sobre el uso medicinal y la necesidad de no restringir el uso del cannabis.

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