El fiscal de la Unidad Especializada de Hechos Punibles Contra la Seguridad y la Convivencia de las Personas, Eugenio Ocampos, fue designado para llevar adelante la investigación referente a la marcha campesina que se desarrolla en el microcentro de Asunción.
En ese sentido, remitió una nota al jefe de Orden y Seguridad Metropolitana, comisario principal Narciso Miguel Aquino Giménez.
En dicho documento, el representante del Ministerio Público hizo referencia a lo establecido en la Carta Magna en su artículo 32, que habla del derecho de la libertad de reunión y de manifestación que tienen todos los habitantes de la República del Paraguay. Asimismo, lo expuesto en los artículos 5, 6, 7, 8 y concordantes de la Ley 1066/97, Ley del Marchódromo, y lo establecido en el artículo 6 de la Ley 222/93 Orgánica de la Policía Nacional, que establece las funciones, obligaciones y atribuciones de la Policía Nacional.
“La Constitución Nacional habilita plenamente a la Policía Nacional, en concordancia con las leyes reglamentarias, a cumplir y a hacer cumplir las leyes, que son de orden público y en especial en lo que respecta a las manifestaciones, quedando facultadas a velar y precautelar derechos de personas que se manifiestan o personas ajenas a la manifestación, debiendo actuar y aprehender a personas que se manifiesten al margen de la ley”, refirió en su nota el fiscal Ocampos.