08 may. 2024

Fisco niega cambio en ley de pensiones

El Ministerio de Hacienda aclaró que la pensión alimentaria es para adultos mayores de 65 años, en situación de pobreza, que no reciben otras pensiones y/o jubilaciones. Esto surgió tras unos rumores en la modificación de la Ley Nº 3738/2009 y que las personas con 60 años de edad también podían acceder al beneficio.

La condición de pobreza se establece de acuerdo a criterios y metodologías probados y utilizados en otros países de América Latina y adaptados a nuestra realidad, para lo cual se aplica un censo a los potenciales beneficiarios en sus respectivos domicilios.

El Ministerio de Hacienda es la única institución que tiene competencia en la implementación de la Ley de Adultos Mayores. Esta secretaría de Estado tiene a su cargo administrar la pensión alimentaria para adultos mayores a través de la Dirección de Pensiones No Contributivas (DPNC), que trabaja en forma coordinada con las municipalidades y sus juntas municipales. Ninguna otra oficina gubernamental está facultada para realizar trámites.

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